Contaduría Pública mayo 2021

c) Suspensión temporal de sus derechos como socio. d) Expulsión. e) Denuncia ante las autoridades competentes, las violaciones a las leyes que rijan el ejercicio profesional. Recordemos los cinco principios fundamentales de ética, así como las cinco amenazas. Los cinco principios fundamentales son: Elementos Consisten en: Integridad Ser honrado y honesto en todas las relaciones profesionales y de negocios. Objetividad Ser imparcial en donde no se comprometa el juicio por conflicto de interés o influencia indebida. Diligencia y competencia profesional Mantener el conocimiento técnico y habilidades profesionales basados en las normas técnicas, profesionales actuales, la legislación aplicable y actuar con diligencia, es decir, con cuidado, esmero e interés, así como con rapidez. Confidencialidad No revelar información adquirida como resultado de su trabajo profesional a menos que haya un derecho u obligación legal o profesional, así como por delincuencia organizada. Comportamiento profesional Cumplir con las leyes y regulaciones. Las cinco amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales que afectan la objetividad son: Amenazas de: Consisten en: Interés personal Que un interés financiero o de otro tipo influya de manera inapropiada en el juicio o conducta del Contador Público afectando la objetividad. Autorrevisión El mismo Contador Público no puede evaluar su propio trabajo y tenerlo como evidencia para sus conclusiones del trabajo de auditoría, ya que afecta su objetividad. Interceder por el cliente o la entidad para la que trabaja Promueva la posición de un cliente o de la entidad ante terceros que compromete su objetividad. Familiaridad Una relación cercana y/o larga con un cliente se vuelve demasiado tolerante en su trabajo dejando de tener un escepticismo profesional adecuado con su revisión. Intimidación Intentos percibidos o reales de ejercer influencia sobre el trabajo del Contador Público independiente que no pueda actuar en forma objetiva o llegar a prescindir del servicio. Por su parte, la NIGC 2 requiere establecer políticas y procedimientos que permitan definir claramente lo siguiente: Definir: a) Las características y cualidades que debe tener el Líder revisor de Calidad para llevar a cabo la revisión de los diferentes encargos de auditoría o trabajos de atestiguamiento de los miembros de su Firma o en su caso adecuarse si la Firma es de un solo profesionista identificando los trabajos para ser revisados. b) En qué consiste su trabajo y qué papeles de tra- bajo debe revisar en cada encargo o si bien den- tro de sus funciones de Líder es quien definirá dicho programa de revisión y quien lo aprueba. c) Quién o quiénes lo podrán auxiliar. d) Podría estar incluido el tipo de remuneración. Resulta relevante tomar en consideración que este Lí- der revisor de Calidad no forma parte del o de los equi- pos de trabajo, ya que debe ser independiente; su traba- jo consistirá en asegurarse que se han seguido todas las políticas y procedimientos consignados en la NIGC 1 y que estableció la Firma, y no podrá el Socio responsable del encargo o trabajo emitir su opinión hasta que no reciba la autorización final por parte del Líder revisor de Calidad teniendo este último que mencionar si el traba- jo revisado estaba dentro del programa para así cumplir con la nueva NIA 220 . Para el caso de Firmas pequeñas o de un solo Socio se sugiere celebrar con, o contratar servicios externos que lleven a cabo este tipo de trabajos de revisión de calidad y si este fuera el caso, debería estar documen- tado en qué clase de trabajos, cuándo serían las fechas de revisión y en qué caso no sería necesario, explican- do las razones con argumentos sólidos. Conclusión El cumplimiento de lo establecido en la NIGC 2 debe ser documentado desde la perspectiva de cada Firma de Contadores Públicos, con los análisis y evidencias necesarios para soportar las conclusiones. Cabe desta- car que la normatividad es aplicable a todos los en- cargos de revisiones de estados financieros o atesti- guamiento y no solo para aquellos que se realicen para empresas públicas, ya que esto no sería lógico debido a que todas las empresas ‒ públicas y privadas‒ deben estar seguras de que los Contadores Públicos independien- tes que les prestan servicios profesionales, cuentan con sus Sistemas de Gestión de la Calidad en cum- plimiento con lo establecido tanto en la NIGC 1 como en la NIGC 2, que aplican la NIA 220 y atienden los lineamientos del Código de Ética Profesional, en una aplicación armónica de la normatividad vigente. Para las Firmas de Contadores Públicos independien- tes medianas y grandes no debe representar mucho problema, por el contrario, la NIGC 2 puede servir de monitoreo en el cumplimiento de la calidad de la Fir- ma pudiendo establecer su sistema basado en el tipo de cartera de clientes que tenga la Firma, identifican- do por separado las empresas de sectores específicos como el financiero o aquellas que tengan regulaciones especiales. El Líder revisor de Calidad no forma parte del o de los equipos de trabajo , ya que debe ser independiente No existe una receta de cocina ni tampoco una vari- ta mágica que solucione todos los casos; sin embar- go, lo más prudente y altamente recomendable es ir documentado su árbol de decisiones para llegar a sus conclusiones y documentar su sistema conforme a la NIGC 2, pudiendo compartirlo con la Comisión Técni- ca de Calidad de cada Federada y, de ser necesario, ellos con la Comisión Técnica de Calidad del IMCP. El cumplimiento de esta nueva normatividad puede darse por medio de un cambio ordenado, tomando en consideración que ya se cuenta con un sistema de control de calidad que deberá adecuarse a los nuevos requerimientos y documentarlos. Es, sin duda, un tra- bajo laborioso, mas no costoso. Un aspecto que podría ser más complicado es la de- finición y remuneración del Líder revisor de Calidad, cuyo trabajo podría ser únicamente ese; sin embargo, es un análisis que deberá realizar cada Firma de acuer- do con sus circunstancias. También hay que recordar que la complejidad de las políticas y procedimientos para la asignación de la persona a ser elegible a cargo del Líder revisor de Ca- lidad va a depender del tamaño que tenga la Firma de Contadores Públicos, así como de la conformación de la cartera de clientes con que cuenta dicha Firma; a mayor práctica más complejidad, a menor práctica menos complejidad, y ambos tipos pueden ser do- cumentados, ya sea en forma tradicional o en forma electrónica. DOSSIER 20 CONTADURÍA PÚBLICA 21

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