Contaduría Pública edición especial

órdenes de gobierno y cerrarle espacios a la corrupción y al desvío de recursos públicos, indica que se obliga a transparentar y hacer más eficiente el financiamiento de la educación básica y normal, se refuerzan los in- centivos al fortalecimiento de los ingresos propios y la recaudación local, así como su medición, se fomen- ta la recaudación eficiente de impuestos y un mejor empleo de las bases gravables, se promueve un fede- ralismo más transparente, con una mayor rendición de cuentas, en tanto que obliga a los gobiernos de las entidades a que publiquen en Internet el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas respecto de las participaciones que las entidades reci- ban y que tengan obligación de participar a sus muni- cipios o demarcaciones territoriales. En ese tenor, se adicionó un capítulo específico relati- vo a la transparencia, además de establecer facultades al Consejo Nacional de Armonización para emitir los formatos, mediante los cuales los entes obligados de- berán difundir la información; asimismo, se establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Púbico y las dependencias equivalentes en los gobiernos locales deben facilitar el acceso a la información financiera de todos sus entes públicos, a través de enlaces electróni- cos en sus páginas de Internet. Si bien la reforma en comento intenta hacer más transparente la gestión de los recursos de los fondos federalizados, el Capítulo V añadido, denominado “De la Información Financiera Relativa a la Evaluación y Rendición de Cuentas”, no versa sobre temas o con- ceptos relativos a métodos de registro o reglas de in- formación financiera, sino aspectos vinculantes a los entes que ejercen fondos federales a transparentar el uso de los mismos, que en nuestra opinión debiera ser objeto de las leyes en materia de transparencia y ser vi- gilada por los órganos garantes de este derecho. En cumplimiento a lo anterior, y en particular con el artículo cuarto transitorio del Decreto que Reforma a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el CONAC emitió un bloque de dieciséis normas que establecen los formatos y estructura de información para traspa- rentar la gestión de recursos provenientes de fondos fe- deralizados. De dicho bloque destacamos las siguientes: Norma para armonizar la presentación de la información adicio- nal a la iniciativa de la Ley de Ingresos. Norma para armonizar la presentación de la información adicio- nal del proyecto del Presupuesto de Egresos. Norma para establecer la estructura de los formatos de información de obligaciones pagadas o garantizadas con fondos federales. Norma para establecer la estructura de información de montos pagados por ayudas y subsidios. Norma para establecer la estructura del formato de la relación de bienes que componen el patrimonio del ente público. Como ejemplo mostramos el formato relativo a los bienes que componen el patrimonio del ente público: Ente Público Relación de bienes que componen su patrimonio Cuenta Pública de XXXX Código Descripción del Bien Valor en libros Como puede observarse, los entes obligados deberán cumplir tanto con estas normas como con las dispo- siciones que en la materia ordenen las instituciones garantes de la transparencia a nivel federal y local. Es decir, los formatos referidos que deben ser publicados en las páginas de Internet por los entes obligados con- tienen información que también es requerida como in- formación pública de oficio en las diversas legislaciones sobre transparencia tanto a escala federal como estatal. Por lo tanto, la legislación y las normas emitidas por las instancias rectoras provocan una doble carga para los en- tes públicos que requierenpreparar y divulgar en sus sitios de Internet tanto la información requerida en materia de contabilidad gubernamental como la requerida por las le- yes en materia de transparencia. De igual forma, esto pu- diese confundir a la ciudadanía, pues se presenta lamisma información en diversos formatos y canales de acceso. Conclusión Ante la actual exigencia de la legislación vigente, los entes obligados deberán cumplir tanto con las normas en materia de contabilidad gubernamental como con las disposiciones, que en la materia ordenen las institu- ciones responsables de la transparencia a escala federal y local. De ello resultan los siguientes inconvenientes: > Carga administrativa por una duplicidad de es- fuerzo por parte del personal de los entes obligados para procesar la misma información en formatos y especificaciones distintas para ambas materias. > Confusión para la ciudadanía, pues se encon- trará en las páginas de Internet información relativa a los mismos asuntos financieros y de rendición de cuentas, en canales distintos de acceso y en formatos diversos. Por lo anterior resulta pertinente emitir una legisla- ción armónica para que los entes obligados puedan atender de manera única, puntual, completa y de ca- lidad con la información pública que dé cuenta del uso y gestión de los recursos públicos que les han sido asignados y se presente esta en formatos únicos, en una misma vía haciéndolos asequibles y de fácil acce- so a las personas interesadas. ISSN 2594-1976 Año 49-578-OCTUBRE 2020 DOSSIER 30

RkJQdWJsaXNoZXIy MTMwNTgyMg==