Contaduría Pública

Las nuevas vacaciones Mtra. María Elena García Hernández Profesora de la Facultad de Contaduría y Administración de la UNAM mgarcia@fca.unam.mx Dr. Ricardo Alfredo Varela Juárez Profesor de la Facultad de Contaduría y Administración de la UNAM ravarela@hotmail.com Mtra. Nancy Diery Figueroa Herrera Profesora de la Facultad de Contaduría y Administración de la UNAM diery03@yahoo.com.mx Síntesis Los descansos que disfruta el trabajador durante la jornada, o bien entre dos jornadas y semanal, solo satisfacen en parte la finalidad del compromiso con el descanso. La limitación que imponen esos breves periodos de descanso y la preocupación de tener que reanudar las labores con sus responsabilidades normales, provocan un estado de disposición al trabajo aun estando fuera de este. En diciembre de 2022, los legisladores de nuestro país se reunieron para cumplir con las recomendaciones de la Organización del Trabajo en el sentido de revisar e incrementar los periodos vacacionales, por lo menos, en 18 días hábiles que es triple de lo que ordenaba nuestra Ley Federal del Trabajo. El establecimiento de un descanso anual para el trabajador que le permita recuperarse del esfuerzo empleado en la ejecución del trabajo y como una prestación laboral, en la cual este periodo de vacaciones le permitirá tener el esparcimiento, cultivar de su persona o solo estar sin esas preocupaciones, libre y disponer de su tiempo, es una prestación obligatoria en nuestra Ley Federal del Trabajo, que tenía más de 70 años sin ser revisada por nuestros legisladores. Antecedentes en México El examen de la jornada de trabajo ha dejado ver que tener tiempo para descansar es tan importante como poseer tiempo para trabajar. En nuestra Ley Federal del Trabajo se establecen diversos tipos de descanso, pero es necesario insistir en la importancia que estos tienen. El descanso tiene como finalidad la conservación de la salud y de la vida; los seres humanos requieren del descanso por razones de vitalidad: fisiológicas, sociales y culturales. Nuestra ley consciente de esas necesidades del trabajador, y de que este necesita tiempo libre para vivir ciertos acontecimientos, algunos cívicos, otros personales, familiares, sindicales, políticos y sociales, estableció y reglamentó las clases de descanso, según la siguiente categorización: 1. Descansos durante la jornada. 2. Descanso entre dos jornadas. 3. Descanso semanal. 4. Descanso por día feriados. 5. Descanso por permisos. Un régimen integrado por diversos descansos favorece no solo al trabajador, sino a la empresa mediante su productividad, ya que el trabajador tiene la energía para aplicarla al trabajo. El descanso anual por vacaciones es un logro del siglo XX y no tiene antecedentes. En el VI informe publicado en 1953 por la Oficina Internacional del Trabajo, menciona: A comienzos del siglo XX, las vacaciones constituían un privilegio del que algunos disfrutaban, se otorgaba a ciertos de funcionarios públicos, personal administrativo, personal escogido por las empresas comerciales e industriales. Al comenzar el siglo pasado, era un número muy limitado de trabajadores, especialmente de la industria privada, quienes disfrutaban de aquellas vacaciones pagadas. La Constitución de 1917 no incluyó los derechos a las vacaciones. La Organización Internacional del Trabajo en el convenio I de 1919, redactado en Washington, mencionó la necesidad de otorgar vacaciones a los trabajadores. En México las vacaciones se otorgan inicialmente en el estado de Durango, en 1927; en Hidalgo, en 1928; en Oaxaca, en 1926; en Zacatecas y en Aguascalientes, en 1928; es hasta la ley de 1931 que, en su artículo 82, se otorgan los periodos vacacionales para todo el personal. Dentro de nuestra legislación, el derecho de los trabajadores a vacaciones plantea varios aspectos que a continuación se analizan. Condiciones que deben reunirse para generar el derecho a vacaciones En el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, en su inicio declara: “Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones…”. Los seres humanos requieren del descanso por razones de vitalidad: fisiológicas, sociales y culturales 14 DOSSIER DOSSIER 15

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