Revista Contaduría Pública : IMCP | Una publicación del IMCP

  • Inicio
  • Revista Contaduría Pública
  • Artículos
  • Entrevistas
  • Multimedia
  • Universitarios
  • Investigación Contable
  • IMCE
ISSN 2594-1976
Artículos

Avance a la convergencia. En el concepto de valor razonable

admin - 23 septiembre, 2010

C.P.C. Carlos Carpy Morales
Asesor de la Comisión de Revista IMCP
ccarpy@deloittemx.com

Motivado por la crisis financiera de 2008, las Normas de Información Financiera sobre instrumentos financieros, tanto IFRS como US. GAAP, están en proceso total de transformación, lo que conocemos ahora cambiará durante los dos próximos años. IAS 32, 39 e IFRS 7, serán remplazados por un proyecto en etapas. La primera, relativa a la clasificación de activos financieros en la IFRS 9, está en proceso de auscultación

Continuación en el proceso de cambios del tema de instrumentos financieros
De acuerdo con la Conferencia del IASB que se celebró el 23 y 24 de junio de 2010 en Londres, se informó de los proyectos relacionados con instrumentos financieros. Se comentó que las reglas contables han exacerbado la crisis financiera y se pusieron a discusión los temas de valor razonable, deterioro y neutralidad de las reglas contables, la cual se ha puesto en duda por los efectos adversos de la crisis, sumado a las divergencias entre el IASB y el FASB. Se señaló que las reglas contables pueden contribuir con la recuperación del sistema financiero estableciendo reglas más prudentes, y el reemplazo del IAS 39 da la oportunidad de converger con el FASB.

Antes de comentar los cambios sobre los conceptos al valor razonable propuestos en el Tópico 820 de la nueva codificación de los US. GAAP, repasemos el FAS 157, Mediciones del valor razonable, que concentra los aspectos teóricos de valor razonable aplicables a diferentes situaciones, muy conveniente porque en forma previa se habían desarrollado criterios para situaciones particulares que carecían de congruencia entre ellos. Entre los aspectos principales, el FAS 157 estableció un esquema de jerarquía para clasificar al valor razonable de acuerdo con la fuente de datos para su determinación en una jerarquía de tres niveles, que resumimos así:

Nivel 1

  • Corresponde a precios cotizados (no ajustados) en los mercados activos (con operaciones frecuentes) por activos y pasivos idénticos a los que la entidad informante tiene capacidad de acceder en la fecha de reconocimiento. Un precio cotizado en un mercado activo proporciona la evidencia más confiable de valor razonable y debe ser usada para determinarlo siempre que estén disponibles, son fácilmente accesibles.

Nivel 2

  • Corresponde a insumos distintos de un mercado a los precios cotizados incluidos en el nivel 1, que es observable para el activo o pasivo, ya sea de manera directa o indirecta. Si el activo o pasivo tiene un plazo específico (contractual), la información debe ser observable sustancialmente por el plazo completo del activo o pasivo. El nivel 2 incluye:
  • Precios cotizados en mercado activos para activos o pasivos similares.
  • Precios cotizados de activos y pasivos similares en mercados no activos.
  • Datos con supuestos que no sean precios cotizados observables para el activo o pasivo (por ejemplo, tasas de interés y curvas de rendimiento observables en intervalos, volatilidades, riesgos de incumplimiento, volatilidades, etcétera).

Nivel 3

  • Corresponde a insumos no observables de un mercado para el activo y el pasivo. Los insumos no observables para medir el valor razonable se deben utilizar sólo en la medida en que no existan insumos observables en casos en los cuales no hay información de mercado a la fecha de medición. Sin embargo, el objetivo de la medición a valor razonable sigue siendo el mismo: estimar un precio de salida desde la perspectiva de un participante en el mercado que tiene el activo o debe el pasivo. Por lo tanto, los insumos no observables deben reflejar los supuestos propios de la entidad sobre los supuestos que los participantes del mercado usarían para fijar el precio del activo o del pasivo, incluyendo los supuestos de riesgo, desarrollados con la mejor información disponible en las circunstancias.

El pasado 29 de junio el FASB emitió el proyecto para auscultación Medición y revelaciones del valor razonable (Tópico 820 de la nueva codificación de los US. GAAP), es una enmienda que representa un avance a la convergencia al adoptar algunos de los términos empleados por el IASB en el ED (Exposure Draft) emitido en mayo de 2009.

Esta modificación aclara conceptos de valuación y requerimientos de revelación, además incluye cambios para hacer consistentes estos requerimientos mediante distintas jurisdicciones para IFRS como para los US. GAAP, como son los cambios en el uso de ciertas palabras como should por shall, entre otras.

El FASB lanza un nuevo proyecto sobre el reconocimiento y revalación del valor razonable»

Dentro de los cambios, se incluye:
La premisa de valuación del mejor y máximo uso (Highest and Best Use). Esta premisa sólo es relevante para activos y pasivos no financieros y, por lo tanto no es relevante para la medición de activos y pasivos financieros, pues su valor razonable no depende de su uso dentro de otro grupo de activos y pasivos.

El reconocimiento del valor razonable de un instrumento clasificado como capital contable. La enmienda propuesta puede proveer una guía para el reconocimiento del valor razonable de un instrumento clasificado en el capital contable, así como participación emitida en una adquisición de negocios. La guía propuesta podría especificar que la entidad informante mida al valor razonable desde la perspectiva de los participantes del mercado que poseen tales instrumentos como activos. Actualmente no existe una guía al respecto, pero el Tópico 820 establece que un instrumento financiero clasificado en el capital contable debe reconocerse al valor razonable. El FASB espera con ello aumentar la comparabilidad y consistencia en la aplicación de la regla. El IFRS 9 establece la medición de los instrumentos de capital a valor razonable.

Reconocimiento del valor razonable de los instrumentos manejados en un portafolio. La entidad informante que posee un grupo de activos y pasivos financieros está expuesta a los riesgos del mercado (tasas de interés, riesgos cambiarios o riesgos de precios) y al riesgo de crédito entre cada contraparte. La enmienda propuesta podría permitir una excepción en los requerimientos del Tópico 820 cuando la entidad informante maneje una exposición neta en lugar de manejarla bruta para este tipo de riesgos. No obstante, la actual propuesta podría afectar la práctica actual de reconocimiento con valores descontados; por ejemplo, una entidad informante que usa la premisa del valor descontado para medir el valor razonable de los activos financieros no tiene posibilidades de compensar un riesgo de mercado o contraparte de riesgo de crédito, pudiendo llegar a diferentes valores razonables cuando aplica la enmienda propuesta.

La aplicación de los factores de obstrucción y otras primas y descuentos en el reconocimiento del valor razonable. La propuesta hará lo siguiente:

  • Prohibir el uso de factores de bloqueo cuando se reconozca el valor razonable usando los valores cotizados de activos y pasivos o similares a éstos, dentro de la categoría del nivel 1 en la valuación del valor razonable.
  • Especificar que los factores de bloqueo no son importantes y que, por lo tanto, no deben usarse en la medición del valor razonable de activos y pasivos. Actualmente, los US. GAAP no contienen una guía explícita sobre el uso de factores de bloqueo para los niveles 2 y 3  de la jerarquía del valor razonable.
  • Se especifica que el reconocimiento del valor razonable para las categorías 2 y 3 de la jerarquía del valor razonable toman en cuenta las primas y descuentos (por ejemplo, cuando se paga una prima de control y el descuento para la participación no controladora) cuando los participantes del mercado podrían tomar estas primas y descuentos cuando la fijación de precios de un activo y un pasivo sean consistentes con la cuenta del activo y del pasivo.

Revelaciones adicionales sobre el reconocimiento del valor razonable. La propuesta amplía las revelaciones del reconocimiento del valor razonable. El FASB ha recibido muchas propuestas de los usuarios requiriendo mayor revelación sobre el reconocimiento del valor razonable, el reconocimiento de la incertidumbre sobre el valor razonable del nivel 3 de la jerarquía, así como los requerimientos actuales del IFRS 7, Revelaciones de los Instrumentos Financieros, podrían revelar los cambios en los supuestos de reconocimiento de valor razonable cuando los haya, la categoría de las partidas por los niveles de jerarquía de la medición del valor razonable, por ejemplo partidas valuadas a costo amortizado en el balance.

La entrada en vigor será considerada cuando se reciban las respuestas a esta propuesta y se espera que sea vigente en el periodo inicial de adopción, reconociendo el ajuste de efecto acumulado en las utilidades retenidas iniciales del periodo de adopción (adopción prospectiva).

Como se comentó, esta propuesta resultará en requerimientos comunes de reconocimiento y revelación, tanto para US. GAAP como para IFRS. El periodo de auscultación concluyó el 7 septiembre de 2010.

 0
Share Now
Previous Post Antecedentes y perspectivas de IFD
Next Post Entrevista con Jorge Alegría Formoso. Director de MexDer

Síguenos

Entredas Recientes

  • El proceso de seguimiento y corrección

    Artículos
  • Relevancia del proceso de aceptación y continuidad

    Artículos
  • Desafíos relacionados con los nuevos componentes y sus objetivos de calidad en la NIGC 1

    Artículos
  • El impacto de la Norma Internacional de Gestión de la Calidad en las Firmas de Contadores medianas y pequeñas

    Artículos
  • Manuel Arias.

    Artículos

Contaduría Pública es una publicación mensual editada por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP), Bosques de Tabachines 44 Fracc. Bosques de las Lomas 11700. Ciudad de México +5255 5267 6400 / ISSN 2594-1976 www.imcp.org.mx

Contáctanos

Síguenos

Categorias

Actualización Contable Aportaciones de los Asociados Artículos Docencia Editorial Entrevista Entrevistas Fiscal IMCE Revista Digital Revista especial de agosto 2020 Revista Impresa Universitarios

SUSCRÍBETE AHORA

Desea recibir los boletines informativos del imcp

SUSCRÍBASE AQUÍ
  • Acerca de
  • Comisión de Revista
  • Contáctanos
  • Aviso de privacidad
  • Media Kit 2018

CONTADURÍA PÚPLICA 2018 D.R. IMCP