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ISSN 2594-1976
Artículos

Certificación de la Contaduría Pública en México

admin - 2 diciembre, 2011

Lic. Willebaldo Roura Pech
Director Ejecutivo del Instituto Mexicano de Contadores Públicos
wroura@imcp.org.mx

En el ámbito de la Contaduría Pública nacional, el año de 1979 significó el nacimiento de la Norma de Educación Profesional Continua (EPC), establecida por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP), para impulsar la actualización y el servicio de calidad profesional. La Norma de EPC se convertiría en la columna vertebral del proceso de Certificación de la Contaduría Pública”

Si bien la EPC lograba el objetivo de actualizar a los profesionistas, hacía falta un instrumento que permitiese partir, desde un mismo punto, a los Contadores Públicos interesados en tener el más alto nivel de servicio. Una desigual educación profesional había creado una nueva necesidad: tener a un Contador Público con los mínimos niveles de conocimientos y experiencia para atender a una sociedad requirente de la reevaluación de sus profesionistas.

LA CERTIFICACIÓN
Diecinueve años después, en mayo de 1998 nació la Certificación, impulsada por el IMCP y apoyada por el Comité Mexicano para la Práctica Internacional de la Contaduría Pública (COMPIC), integrado por los organismos más representativos de la Contaduría Pública de nuestro país y con la participación y asesoría permanente de las secretarías de Educación Pública, de Economía y de Gobernación.
La Certificación estableció dos objetivos: mejorar la calidad profesional del Contador Público y establecer las bases de reciprocidad para el ejercicio profesional de la Contaduría Pública, entre los países firmantes de tratados comerciales internacionales con México.
El funcionamiento general de la Certificación se plasmó en el Reglamento para la Certificación Profesional de los Contadores Públicos, que fue elaborado por el IMCP con las debidas recomendaciones del COMPIC.
Como es menester en este tipo de procesos, y conforme se habitúa internacionalmente, durante el primer año se implementó la denominada “Cláusula del abuelo”, que brindó la posibilidad de certificarse a todos aquellos Contadores Públicos que cumplieran con ciertos requisitos basados en la experiencia y la capacitación profesional. La “Cláusula del abuelo”, además de ser un reconocimiento para los Contadores Públicos destacados en la práctica profesional, señala el periodo de transición entre un estado de cosas (no existencia de la certificación) y otro renovado (certificación profesional).
En 1999, al concluir la citada “Cláusula del abuelo” empezó la aplicación de los Exámenes Uniformes de Certificación (EUC). A la fecha, el IMCP ha realizado 39 aplicaciones en 43 ciudades diferentes.

RECONOCIMIENTOS
Este proceso de Certificación fue reconocido internacionalmente por el Canadá y los Estados Unidos de América, de manera tal que el proceso de Certificación del IMCP forma parte de los acuerdos de servicios profesionales del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, que dio origen a la firma del “Acuerdo de Reconocimiento Profesional Mutuo en Contaduría”, reconocido por los tres países de América del Norte, desde 2002.
En México, con la finalidad de poner un orden en un ambiente inquieto, las autoridades, con la Secretaría de Educación Pública (SEP) a la cabeza, realizaron una invitación abierta, en 2005, a todos los colegios que deseasen tener un proceso de Certificación reconocido, a que se inscribieran para recibir la visita inspección de un grupo de especialistas que evaluara la idoneidad de su proceso de Certificación.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tomó como base, justamente, el Reconocimiento de Idoneidad emitido por la SEP, para validar la certificación profesional.
El IMCP, paradójicamente, también tuvo que solicitar su idoneidad para certificar, y decimos que paradójicamente porque el IMCP ya contaba, a esa fecha, con el reconocimiento del COMPIC (del cual la SEP es uno de los organismos asesores) y con el reconocimiento internacional citado.
Después de la revisión y evaluación practicada al IMCP, este se convirtió en el primer organismo en recibir el Reconocimiento de Idoneidad y, con la finalidad de apoyar a aquellos colegios, carentes de los recursos necesarios para crear una infraestructura de certificación, el IMCP ofreció a las autoridades hacer del alcance de dichos colegios, el uso del EUC de su proceso, para que realizaran, con ese instrumento, su propia emisión de certificados.
Con el beneplácito de las autoridades y de los colegios de Contadores Públicos interesados en conservar su autonomía y tener su propia certificación, en 2006 se logró este propósito con la inusual y creativa acción del IMCP. El EUC ya es de todos los colegios formales que lo requieren.
Estos reconocimientos no son sempiternos, sino que tienen que ser refrendados periódicamente: el reconocimiento internacional se refrendó en 2007 y deberá hacerse de nuevo en 2012, en tanto que el Reconocimiento de Idoneidad se refrendó en 2010 y en 2015 se renovará.

LA CERTIFICACIÓN POR DISCIPLINAS
En 2010, el IMCP dio inicio a la Certificación por Disciplinas en materia de contabilidad, costos, fiscal, finanzas y contabilidad y auditoría gubernamental. Durante su primer año, el proceso se llevó a cabo mediante la ya comentada “Cláusula del abuelo”, pero con dos innovaciones: la primera, el cuerpo rector, denominado Consejo de Evaluación para la Certificación por Disciplinas, definidor de los exigentes requisitos, fue formado por diferentes organismos relacionados con las áreas a revisar (Auditoría Superior de la Federación, Secretaría de la Función Pública, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Servicio de Administración Tributaria, Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas, Academia de Estudios Fiscales, Academia Mexicana de Costos, Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, Asociación Nacional de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración, Centro Nacional de Evaluación Superior y el propio IMCP).
La segunda innovación fue que el cumplimiento de los referidos requisitos fue revisado, también, por un Comité integrado por miembros especialistas de los organismos en cuestión, por lo que hubo una evaluación imparcial que fortificó la calidad del proceso, pero que tuvo por costo el retraso, de hasta varios meses, del resultado de dicha evaluación.
En cuanto a la aplicación de los exámenes de Certificación por Disciplinas, los primeros se aplicarán en diciembre de 2011.
La especialización, demostrable mediante la Certificación por Disciplinas, es una herramienta actual que fomenta el conocimiento y la preparación de los profesionistas y contribuye a la eficiencia organizacional. Ser especialista no consiste en solo contar con los conocimientos acerca del área a la que se dedica, sino que se precisa entender su filosofía, comprender sus métodos dominar sus técnicas y asumir y ejercitar su ética.
Definiciones de Certificación, tomadas de la revista Contaduría Pública del IMCP del mes de abril de 2010:

“La Certificación:

“Es el instrumento de evaluación que certifica y garantiza la actuación técnica y capacidad profesional para ejercer eficientemente la profesión. Es la constancia de que un profesional cuenta con los conocimientos, habilidades y destrezas requeridos para el ejercicio de una profesión. Se aplica a los individuos”.
—Instituto Mexicano de Contadores Públicos

“Es el acto voluntario mediante el cual un profesionista, que cuenta con un título expedido por una institución de educación superior y cédula profesional con efectos de patente, se somete a un proceso de evaluación para hacer constar, públicamente, que posee los conocimientos, habilidades, destrezas y aptitudes necesarias para el ejercicio de su profesión o especialidad por un periodo determinado, señalado por el organismo competente dentro de un marco de ética profesional”
—Víctor Everardo Beltrán Corona

“Es la calidad del conocimiento profesional vinculado al ámbito de la ética y de la experiencia creadora”
—Willebaldo Roura Pech

“Es el reconocimiento a un profesionista, acerca de que tiene los conocimientos, las capacidades y cualidades necesarias para ejercer competentemente su profesión”
—Óscar Frías López

“Es la estrategia de evaluación utilizada para proporcionar el mejoramiento de la calidad del ejercicio profesional, promover la excelencia académica de la profesión, regulando el ejercicio profesional en su totalidad, partiendo de la necesidad de un repertorio esencial de competencias que permiten hacer comparaciones y mutuo reconocimiento entre entidades federativas y países”
—Colegio Nacional de Nutriólogos

“Es un elemento indispensable para que la sociedad en su conjunto, cuente con servicios profesionales de calidad, que solo pueden ofrecer los profesionistas que gozan de los conocimientos, las habilidades y las destrezas necesarias para llevar a cabo esas tareas”
—Jaime Espinosa de los Monteros

“Representa un modo idóneo para demostrar a la sociedad quiénes son los profesionistas que han alcanzado la actualización de sus conocimientos y una mayor experiencia en el desempeño de su profesión o especialidad con el propósito de mejorar su desarrollo profesional, obtener mayor competitividad y ofrecer servicios de alta profesionalización”
—Cuauhtémoc Reséndiz Núñez al hablar de las disposiciones del TLCAN

“El acto mediante el cual se hace constar que una persona posee los conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes exigidos para el ejercicio de las funciones de docencia, investigación y difusión, de conformidad con la evaluación positiva del perfil definido para estas áreas del ejercicio profesional”
—Juan Alberto Adam Siade al hablar del Glosario de términos para la certificación académica de la Coordinación Nacional de Certificación Académica

“Constituye un estándar de calidad mínimo para el ejercicio profesional que tiende a establecer la sociedad, los colegios de profesionales y/o las empresas”
—Sylvia Meljem Enríquez de Rivera

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