Revista Contaduría Pública : IMCP | Una publicación del IMCP

  • Inicio
  • Revista Contaduría Pública
  • Artículos
  • Entrevistas
  • Multimedia
  • Universitarios
  • Investigación Contable
  • IMCE
ISSN 2594-1976
Artículos

Precios de Transferencia. Efectos de la globalización

admin - 16 octubre, 2013

Lic. Simón Somohano
Socio responsable de Unidad de Negocios, Precios de Transferencia, e Impuestos y Servicios Legales
Deloitte
ssomohano@deloittemx.com

Lic. Jorge Mesta
Socio de Precios de Transferencia, e Impuestos y Servicios Legales
Deloitte
jmesta@deloittemx.com

Aunque seguramente nuestros lectores están familiarizados con el tema de Precios de Transferencia y sus dimensiones fiscales, no está de más señalar que por este se entiende el precio acordado entre entidades asociadas de un grupo multinacional (denominadas partes relacionadas)

Distinguir entre el precio que pactan partes relacionadas respecto al que pactaría cualquier agente económico independiente, se explica por un hecho fundamental: la ausencia de un mecanismo de mercado para determinar el precio. En la fijación de precios entre agentes económicos racionales e independientes se entiende que oferentes y demandantes tienen intereses contrarios (uno se esforzará en ofrecer un producto o servicio al mayor precio posible, mientras que su contraparte procurará adquirirlo al menor precio disponible). De esta forma, el proceso de toma de decisiones de cada agente refleja la búsqueda de la maximización del beneficio para cada uno.
Entre partes relacionadas no es posible asumir, sin mayor cuestionamiento, que el precio pactado refleje dicha divergencia de intereses, en virtud de que estas forman parte de un mismo grupo económico cuyo objetivo pudiera, razonablemente, ubicarse en obtener el mayor beneficio para el grupo en su totalidad, no para cada empresa en lo particular. Además, pueden existir múltiples razones de negocios por las cuales los precios entre filiales no reflejen precios “de mercado”, siendo el tema fiscal solo una de estas razones.
Sin lugar a dudas, nuestros lectores tienen contacto frecuente con noticias como las siguientes: “la empresa X realizará una inversión de Y millones de dólares en el país Z”, “las ventas de la empresa X en el país Y aumentaron en Z por ciento”, “la empresa X decidió cerrar sus plantas en el país Y y abrir otra nueva en el país Z”, así como con cifras del tipo: “las importaciones del país X crecieron en Y millones de dólares”, “las exportaciones de la industria maquiladora ascendieron a X millones de dólares, “la cuenta corriente presentó un superávit de X por ciento del PIB”, o “la inversión extranjera directa creció en X por ciento de un año a otro”.
Sin embargo, por otra parte, quizá algunos otros no se percaten a primera vista de que una parte muy importante de estas noticias implican transacciones intra-compañía o dan lugar a estas.
No es aventurado decir que el rol de las empresas multinacionales en el comercio internacional de bienes y servicios, va desde un nivel “significativo” hace algunas décadas a uno “dominante” en la actualidad, para la mayor parte de las industrias, siendo en alguna de ellas casi la totalidad de dicho comercio.
Según datos de la Conferencia de la Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD 2000), existen alrededor de 65 mil empresas multinacionales operando en la economía global en adición a las aproximadamente 690 mil empresas extranjeras subsidiarias o afiliadas.
En 1995, las primeras 200 corporaciones multinacionales reportaron ingresos combinados de 7.1 millones de millones de dólares, que es equivalente a 28.3% del producto interno bruto mundial.
Asimismo, desde un punto de vista cualitativo, las empresas multinacionales son las que suelen traficar con los productos tecnológicamente más avanzados y/o con aquellos que incorporan un alto contenido de bienes intangibles, que también suelen ser las que ofrecen un portafolio más amplio de bienes y servicios.
Como práctica de negocios, los Precios de Transferencia constituyen primariamente un tema fiscal. Las legislaciones fiscales en la materia son para muchos países el único mecanismo con el que cuentan los gobiernos para evitar que las bases gravables se erosionen como consecuencia de los precios fijados al interior de los grupos multinacionales.
No obstante, los puntos señalados con anterioridad muestran que con frecuencia se ignoran otras dimensiones relevantes. Los Precios de Transferencia afectan, en última instancia, el nivel de ingresos que las corporaciones multinacionales asignan a cada país por sus actividades de negocio. Además, según la relevancia que en cada país tenga el comercio internacional, los Precios de Transferencia también tienen ramificaciones macroeconómicas relevantes.
Ciertas tendencias relacionadas con la globalización hacen que el tema de Precios de Transferencia sea cada vez más relevante. Los cambios regulatorios han hecho cada más fácil que las empresas multinacionales revisen periódicamente su estructura interna hacia modelos de negocio más eficientes, para enfrentar de mejor forma a su competidores, tradicionales o emergentes, y procurar la maximización del beneficio para sus inversionistas.
El cambio reciente más notorio en el comercio mundial ha sido, sin duda, la caída generalizada de los aranceles aduaneros a nivel mundial; sin embargo, otras acciones concertadas por acuerdos bilaterales o multilaterales han tenido también un impacto determinante en el incremento de los flujos de comercio e inversiones entre países. Entre estas es posible identificar la eliminación de requisitos de inversión locales como un pre-requisito para la realización de actividades comerciales en determinadas industrias o sectores económicos.
Estos cambios se ven ampliados por los dramáticos cambios tecnológicos, principalmente en el campo de las telecomunicaciones y los sistemas de información. Para un grupo multinacional cada día aumentan las posibilidades de coordinar y ejecutar más partes de su negocio desde localidades offshore. Esto resulta en una simplificación de las estructuras que tienen los grupos multinacionales en cada país, es decir, en una mayor interdependencia de cada una de sus partes y, en consecuencia, un aumento de las relaciones comerciales intra-compañía.
Al día de hoy se observan cambios dramáticos en términos socioeconómicos que impactan el peso que tienen los países a nivel mundial. Muchas empresas multinacionales se crearon en un contexto económico diferente, con cambios significativos en el tamaño y dinamismo de los mercados en los que ofrecen sus bienes y servicios, o en los que obtienen insumos para realizar sus actividades de negocio.
Estos cambios acentúan la necesidad por parte de las empresas de relocalizar sus operaciones y replantar sus modelos de negocio, lo que en última instancia afecta el nivel y dirección del comercio e inversiones intra-compañía a nivel mundial.

El tema fiscal
El contexto anterior explica que a nivel público sea cada más visible el tema de Precios de Transferencia, convirtiéndose así en un factor con una mayor influencia en los niveles de recaudación a nivel mundial.
En algunos temas particulares, como pueden ser los relacionados a la propiedad intelectual, puede haber una divergencia de intereses fiscales entre los países desarrollados (creadores de dicha propiedad) y los países en desarrollo o emergentes (usuarios).
Sin embargo, en otros niveles los intereses de las autoridades fiscales de ambos tipos de países pueden converger, debido a que estos pueden ser jurisdicciones “de alta imposición fiscal” que han visto sus bases fiscales mermadas por la migración de utilidades a jurisdicciones o regímenes de “baja imposición”.
La importancia del tema de Precios de Transferencia es reconocida cada vez más por los gobiernos, observándose a nivel mundial un aumento de regulaciones y precedentes, así como la realización de mayores esfuerzos de cooperación entre los países. En términos de regulaciones, en el año 2000 cuatro países en Latinoamérica tenían legislación de Precios de Transferencia, para 2014 se estima que sean catorce.
La práctica de Precios de Transferencia a nivel mundial (con la notable excepción de Brasil) se sustenta en las Guías de Precios de Transferencia para las Administraciones Fiscales y Empresas Multinacionales, emitidas por la OCDE (“Guías” para simplificar). Estas han sufrido diversas modificaciones en años recientes para acomodar la experiencia en la materia, habiendo proyectos importantes de cambios adicionales en el futuro cercano.
Un cambio relevante se dio en 2010, cuando se incorporó el capítulo IX a dichas Guías, el cual versa sobre Restructuras de negocio. Este capítulo incorpora reglas de discusión sobre los efectos fiscales que resultan de la reestructuración de las operaciones del grupo multinacional. Por ejemplo, si una empresa decide transferir parte de sus operaciones de un país a otro, el capítulo IX establece criterios para determinar si como consecuencia de dicha transferencia se debe o no hacer un pago de impuestos (conocido como impuesto de salida o exit tax).
Esto es un cambio fundamental en el contenido de las Guías, en la medida en que amplían su contenido a las transformaciones de un negocio, más allá de las relaciones comerciales intra-compañía del día a día. Dicho de otra manera, este capítulo establece que si un grupo multinacional pretende migrar parte de sus operaciones de negocio a otro país, los gobiernos tienen algo que decir sobre si se les debe o no impuestos por dicha migración.
Un proyecto actual de modificación de las Guías corresponde a los denominados “intangibles”. El borrador disponible actualmente al público enfatiza el rol fundamental que juega la propiedad intangible en el valor de un negocio, al mismo tiempo que incorpora una definición muy amplia de esta, más allá de la propiedad intelectual fácilmente identificable como son marcas, software, patentes, etcétera.
En febrero de este año, la OCDE publicó un documento titulado “Addresing Base Erosion and Profit Shifting” o “Reporte BEPS”. Este concluye que existe un problema generalizado de erosión de las bases fiscales, derivado de los esquemas de tributación que no se han mantenido a la par con una nueva realidad económica de mayor integración entre fronteras, así como un aumento significativo en el valor de la propiedad intelectual y los sistemas de telecomunicaciones e intercambio de información.
En junio de este año se esperaba que se discutiera este reporte en las reuniones del G-20, con el fin de identificar acciones, fechas y recursos para enfrentar de forma integral y coordinada dicha situación de erosión fiscal. Este mismo reporte considera a los Precios de Transferencia como una herramienta clave que ha permitido explotar las desigualdades entre regímenes o jurisdicciones internacionales (doble no-tributación), dirigir o manipular la asignación de riesgos de negocios e intangibles y justificar una separación artificial de los activos entre diferentes propietarios legales.
El Reporte BEPS señala también que los Precios de Transferencia permiten llevar a cabo transacciones dentro de un grupo que difícilmente tendrían lugar entre partes independientes. Por desgracia, el Reporte BEPS es prácticamente omiso en cuanto a analizar las causas que generan en primera instancia las desigualdades entre los regímenes tributarios, así como el rol activo de los gobiernos individuales en promover y otorgar beneficios fiscales para competir entre sí por inversiones y puestos de trabajos.
Desde la perspectiva de los gobiernos (y también, en este caso, de la propia OCDE), pareciera que resulta más conveniente atribuir los efectos de la erosión de la base impositiva y la reubicación de utilidades a las prácticas (presumiblemente) abusivas de las empresas multinacionales que a las acciones directas de los gobiernos y los responsables de estos.
Por otra parte, en abril de este año, la misma institución publicó un borrador del documento Handbook on Transfer Pricing Risk Assessment, el cual busca ser una guía para las autoridades fiscales de cómo detectar riesgos en materia de Precios de Transferencia, considerando que los recursos son limitados y que las auditorías en la materia suelen ser demandantes para la autoridad y el contribuyente.
Así, en fechas recientes han salido a la luz pública casos en los que se cuestiona la estructura internacional de algún grupo multinacional, incluyendo sus aspectos de Precios de Transferencia, casos como las estrategias fiscales (que tienen un componente relacionado a Precios de Transferencia) de Apple, Microsoft, Google, Yahoo, entre otros, son discutidos en los medios de comunicación masivos. Si bien estas discusiones no son del todo nuevas, lo que resulta novedoso es la frecuencia con la que han trascendido la esfera de los especialistas fiscales para convertirse en un tema de discusión a nivel del público en lo general.

El tema local
En México, los contribuyentes con operaciones internacionales sujetos al régimen de Precios de Transferencia, en su mayor parte, son subsidiarias de empresas residentes en el extranjero. Al no ser México el origen de la mayoría de los grupos multinacionales que operan en nuestro país ni su fuente de ingresos más importantes, las empresas mexicanas suelen depender en una forma relevante de otras partes relacionadas, ya sea para financiamiento, asistencia técnica, dirección empresarial, transferencia de tecnología, etcétera.
Si agregamos a estos puntos el que es más difícil para una subsidiaria que para una casa matriz, que es obtener y mantener información sobre sus partes relacionadas, se entenderían las razones por las que las autoridades fiscales mexicanas encuentran en la práctica una serie de limitantes para poder realizar sus auditorías.
Sin embargo, la situación anterior no ha impedido el incremento de las auditorías en la materia. De hecho, tanto en términos de frecuencia como de alcance, la actividad de las autoridades ha aumentado sustancialmente. También se han observado en nuestro país casos de auditorías fiscales que se continúan en una fase de litigio o algún otro recurso de defensa fiscal, estando en la mayoría de los casos pendientes de resolución.
En relación con el Reporte BPES, recientemente la autoridad fiscal ha señalado que tiene identificadas 270 empresas que se han restructurado de tal manera que han movido su dirección a otros países, principalmente, Europa, con la consecuente migración de utilidades, por lo que se tiene contemplado un agresivo plan de fiscalización de estos casos en un plazo no mayor a seis meses.
En conclusión, los Precios de Transferencia son parte integral del nuevo orden económico mundial. Su utilización e importancia para empresas multinacionales y gobiernos se ha incrementado en los últimos 10 años. Su simplicidad o complejidad va de la mano de la evolución de los regímenes fiscales en cada país.
No es difícil prever que en México, país que tiene por objetivo lograr un lugar destacado entre de las principales economías del mundo, los Precios de Transferencia continuarán siendo un tema esencial en la definición de las políticas fiscales, objetivos de recaudación y estrategias de negocio globales.

 0
Share Now
Previous Post Tratados internacionales. Importancia en los mercados globalizados
Next Post LFPIORPI. Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Síguenos

Entredas Recientes

  • El proceso de seguimiento y corrección

    Artículos
  • Relevancia del proceso de aceptación y continuidad

    Artículos
  • Desafíos relacionados con los nuevos componentes y sus objetivos de calidad en la NIGC 1

    Artículos
  • El impacto de la Norma Internacional de Gestión de la Calidad en las Firmas de Contadores medianas y pequeñas

    Artículos
  • Manuel Arias.

    Artículos

Contaduría Pública es una publicación mensual editada por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP), Bosques de Tabachines 44 Fracc. Bosques de las Lomas 11700. Ciudad de México +5255 5267 6400 / ISSN 2594-1976 www.imcp.org.mx

Contáctanos

Síguenos

Categorias

Actualización Contable Aportaciones de los Asociados Artículos Docencia Editorial Entrevista Entrevistas Fiscal IMCE Revista Digital Revista especial de agosto 2020 Revista Impresa Universitarios

SUSCRÍBETE AHORA

Desea recibir los boletines informativos del imcp

SUSCRÍBASE AQUÍ
  • Acerca de
  • Comisión de Revista
  • Contáctanos
  • Aviso de privacidad
  • Media Kit 2018

CONTADURÍA PÚPLICA 2018 D.R. IMCP