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ISSN 2594-1976
Artículos

Testigos sociales. Programa de la Secretaría de la Función Pública: Oportunidad de participación ciudadana

admin - 1 marzo, 2016

L.C.C. Gerardo González de Aragón Rodríguez/Socio Director de González de Aragón y Asociados, Contadores Públicos, S.C./ggar@gonzalezdearagon.com.mx

Por la naturaleza y orientación de la misión, visión y objetivos de distintos gremios de la sociedad, se puede apoyar y promover que las organizaciones públicas y privadas cumplan con los fines para las que fueron creadas, mejoren constantemente su gestión dentro de la legalidad y conduzcan sus operaciones con criterios de eficiencia, eficacia y economía

Los gremios de profesionales al tener carácter de organización no gubernamental, así como la coincidencia de principios en materia de eficiencia, eficacia y honradez consagrados en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los ubican como entidades con el perfil idóneo para participar, como parte de la sociedad civil, en el Programa de Atestiguamientos (Testigos Sociales) instrumentado por la Secretaría de la Función Pública (SFP), para fortalecer la transparencia de las contrataciones gubernamentales.

Adicionalmente, existe un alineamiento natural entre las actividades de atestiguamiento y algunos de los objetivos rectores de los gremios, los cuales se centran en inducir permanentemente procesos de cambio, evolución, calidad, efectividad organizacional y productividad en las empresas mexicanas públicas y privadas y del sector social, mediante procesos de consultoría e investigación participativa, así como el realizar labores de consulta para organizaciones privadas y públicas e instituciones educativas, autónomas y privadas, además de desarrollar actividades sociales congruentes con su misión en beneficio de la comunidad.

Con fundamento en lo anterior, la participación de la sociedad mediante los gremios de profesionales dentro del Programa de Testigos Sociales se orienta a contribuir para que el Estado realice sus contrataciones en materia de adquisiciones y obras públicas en las mejores condiciones posibles en cuanto a precio, calidad, servicio, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, dentro de un clima de máxima transparencia y rendición de cuentas a la sociedad.

Registro

Desde el año de 2007, distintos gremios de profesionales recibieron invitación por parte de la Unidad de Normatividad de Adquisiciones, Obras Públicas, Servicios y Patrimonio Federal de la Subsecretaría de Atención Ciudadana y Normatividad de la Secretaría de la Función Pública, para obtener su registro y formar parte del Programa de Testigos Sociales que tiene sustento en los lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación del 16 de diciembre de 2004.

Es importante señalar que el Programa de Testigos Sociales, obtuvo el reconocimiento de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) como una de las mejores prácticas a nivel internacional en el fomento a la transparencia y el combate a la corrupción.

El fundamento de la invitación se centró en el reconocimiento de la Secretaría de la Función Pública respecto a la integración, dentro de los distintos gremios, de destacados profesionales multidisciplinarios comprometidos con los principios de Transparencia y Rendición de Cuentas en las organizaciones públicas y privadas de nuestro país.

Marco legal

La participación de los Testigos Sociales se establece y regula de manera expresa en el “Acuerdo por el que se establecen los lineamientos que regulan la participación de los testigos sociales en las contrataciones que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como por sus respectivos reglamentos, por lo que su actuación y obligaciones debe sujetarse a lo señalado en dichos documentos.

Fundamento Constitucional

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 134.

Leyes Sustantivas y complementarias Aplicables.

  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
  • Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
  • Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
  • Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
  • Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
  • Ley Federal de Transparencia y Rendición de Cuentas de la Federación.
  • Presupuesto de Egresos de la Federación.

Reglamentos

  • Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
  • Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
  • Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.

Acuerdos

“Acuerdo por el que se establecen los lineamientos que regulan la participación de los Testigos Sociales en las contrataciones que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”.

  • Los Profesionales que son seleccionados para ser Testigos Sociales en representación de los gremios, deberán cumplir con las siguientes disposiciones:
    • Ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos o extranjero, cuya condición migratoria permita la función a desarrollar.
    • Gozar de buena reputación.
    • Encontrarse en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
    • Tener experiencia en contrataciones públicas.
    • No haber sido sentenciado por pena privativa de libertad.
    • No ser servidor público en activo en México y/o en el extranjero. Asimismo, no haber sido servidor público federal o de una entidad federativa durante al menos un año previo a la fecha en que se realice el atestiguamiento.
    • No haber sido sancionado ni inhabilitado como servidor público ya sea federal, estatal, municipal o por autoridad competente en el extranjero.
    • Presentar ante la SFP currículum en el que se acrediten los grados académicos, la especialidad correspondiente, la experiencia laboral y, en su caso, docente, así como los reconocimientos que haya recibido a nivel académico y profesional.
  • No tener el registro de Testigo Social como persona física en el Padrón de la Secretaría de la Función Pública.
  • Presentar manifestación escrita, bajo protesta de decir verdad, que se abstendrá de participar en contrataciones en las que pudiese existir conflicto de intereses, ya sea porque los licitantes o los servidores públicos que intervienen en las mismas tengan vinculación académica, de negocios o familiar.
  • El eje fundamental de la participación del Testigo Social se debe centrar en la emisión de recomendaciones de mejora para fortalecer la transparencia, la imparcialidad y la equidad de los procedimientos de contratación en las Dependencias y Entidades Públicas.

Casos de éxito

Los casos de éxito en el atestiguamiento de adquisiciones gubernamentales se deben calificar una vez que se tienen todos los elementos para asegurar que los objetivos implícitos en el proceso de compra se cumplieron y el Testigo Social desempeñó su función con estricto apego a las disposiciones legales correspondientes, mostrando de forma tangible los resultados obtenidos con su participación.

Las obligaciones y responsabilidades del Testigo Social están definidas en el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP). El artículo 67 del Reglamento de la LAASSP establece lo siguiente:

I. Conducirse de manera objetiva, independiente, imparcial, honesta y ética;

II. Participar, según corresponda, en los siguientes eventos relacionados con los procedimientos de contratación que atestigüen:

a. Revisión del proyecto de convocatoria y de la convocatoria a la licitación pública, de la invitación a cuando menos tres personas y de las solicitudes de cotización;

b. Sesión del Comité, interviniendo como invitados;

c. Visita al sitio en el que se prestarán los servicios;

d. Juntas de aclaraciones;

e. Acto de presentación y apertura de proposiciones;

f. Reuniones durante la evaluación de las proposiciones y revisión del proyecto de fallo;

g. Acto de fallo;

h. Formalización del contrato;

i. Reuniones de trabajo relacionadas con el procedimiento de contratación a las que convoquen las dependencias y entidades, y

j. Cualquier otro que se realice durante el procedimiento de contratación en el que sea necesaria su participación.

III. Proponer de acuerdo con su experiencia y considerando las disposiciones legales o administrativas vigentes, los aspectos que mejoren la igualdad de condiciones entre los licitantes, la calidad de las contrataciones, así como las acciones que promuevan la eficiencia, eficacia, imparcialidad, transparencia y el combate a la corrupción en las mismas;

IV. Presentar informes previos a la Secretaría de la Función Pública, a las dependencias y entidades contratantes y al correspondiente órgano interno de control, cuando detecten irregularidades manifestando sus observaciones y recomendaciones, a efecto de que aquéllas puedan ser corregidas oportunamente;

V. Atender y responder en forma oportuna y expedita cualquier requerimiento de información que, respecto del procedimiento de contratación que atestigua, les sea formulado por la Secretaría de la Función Pública o por los órganos internos de control, y

VI. Acreditar los cursos de capacitación que determine la Secretaría de la Función Pública para actualizar sus conocimientos en la aplicación de la Ley y los Tratados.

Se puede afirmar que cada atestiguamiento sobre un proceso de adquisición que es emitido sin observaciones y con recomendaciones que el ente acepta y pone en práctica, constituye un caso de éxito.

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