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ISSN 2594-1976
Artículos

Responsabilidad del Contador Público ante la prevención de lavado de dinero

admin - 12 enero, 2017

C.P.C. y M.i.d. Carmen Karina Tapia Iturriaga/Investigadora del IMCP/Académica de la Universidad Nacional Autónoma de México y de la Universidad Anáhuac/ctapiai@imcp.org.mx/@CarmenKariUNAM

Dr. y C.P.C. Lázaro Salas Benítez, MA/Académico de tiempo completo en la Facultad de Contaduría, Universidad Veracruzana, Campus Tuxpan/lasabe.2380@gmail.com

Toda profesión tiene una función de responsabilidad ante la sociedad, que implica dedicación, cumplimiento, capacitación y actualización permanente, credibilidad y sobre todo apropiarse de sus ideales, haciendo que estos sean parte de su ser, con ideas ciertas, de cumplimiento ético, de valores y prácticas que lo caracterizan en su deber individual como profesional. 

Estos deberes se pueden resumir en lo siguiente:

  • Ejercicio competente y digno de la profesión, teniendo presente en todos los casos, la dignidad humana.
  • Entrega al trabajo profesional como corresponde a una verdadera vocación.
  • Realización de las prestaciones resultantes de este trabajo, a favor del bien común y al servicio de la sociedad.
  • Actualización y educación continua del propio saber profesional, sin considerarlo jamás como algo limitado, totalmente alcanzado o superado, sino como un punto de partida sin fin conocido.
  • Exigencia justa de realizar un trabajo honrado y dedicado.
  • Lealtad al juramento en la toma de protesta como juicio razonado y reflexionado, de su propia conciencia, a pesar de las posibles circunstancias contrarias o contradictorias que lo hagan dudar hacia un procedimiento honesto.
  • Derecho moral a permanecer en la profesión elegida, imponiéndose su propia estabilidad profesional.
  • Esfuerzo personal y constante de servir a los demás, conservando plenamente, al mismo tiempo, su libertad personal.

La Contaduría Pública es una profesión que conlleva un sentido de responsabilidad social, de actuación con integridad de valores y de ética (si se tiene en cuenta que la sociedad, mediante sus integrantes, exige dicho cumplimiento), además de un comportamiento de honestidad y certidumbre al ejercerla.

El Contador Público, por medio de la Contabilidad, genera información financiera para diferentes usuarios: proveedores, acreedores, inversionistas, autoridades fiscales, instituciones financieras, entre otros (externos), pero  también para (internos) los trabajadores, socios, directivos, jefes de departamentos y algunos más, aunque principalmente para la administración de la empresa;  ya que por medio de la información financiera le genera a los usuarios un análisis e interpretación de la misma (es decir, traduce a cifras las actividades de todas las áreas de la empresa), en la  que se pueden  tomar decisiones estratégicas a partir de cifras pasadas o presentes, con un enfoque global y de proyección futura.

En síntesis, el Contador Público tiene, entre otras, las siguientes funciones dentro de la empresa:

  • Elabora, analiza e interpreta los estados financieros.
  • Implanta el sistema contable más conveniente para la empresa.
  • Verifica la exactitud de las operaciones registradas en libros y registros auxiliares.
  • Vigila el cabal cumplimiento de las obligaciones fiscales.
  • Proporciona a la dirección información confiable y oportuna para la toma de decisiones en el curso diario.
  • Establece el procedimiento óptimo de registro de operaciones efectuadas por la empresa.

La experiencia del Contador Público le permite realizar actividades profesionales en diferentes áreas dentro de la empresa, como lo son: Contabilidad Administrativa, Contabilidad de Costos, Contraloría, Tesorería; y en áreas externas como: Consultoría, Auditoría, Asesoría, Docencia y en todo lo relativo al ámbito profesional del Contador. Nadie mejor preparado para impulsar el orden, la transparencia, la veracidad y la institucionalización de las empresas que el Contador Público, ya que no solo brinda y sustenta sus conocimientos en los sistemas de información (base para la toma de decisiones), sino que participa en otras áreas multidisciplinarias, que sirven de apoyo en otras profesiones.

A lo largo de los últimos años, hemos experimentado una era de cambios constantes y ante una economía globalizada donde las tecnologías de la información van dando pasos agigantados, el Contador Público no puede quedarse ajeno a este proceso dinámico, de exigencias y necesidades del mundo empresarial y de los medios electrónicos en todas sus operaciones, específicamente hablando de la prevención de lavado de dinero.

Desde que México es miembro del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) desde 1989 (a iniciativa del Grupo de los 7) donde actualmente agrupa a 34 países, nuestro gobierno adopta estándares internacionales en materia de prevención de actos y operaciones de lavado de dinero, ya que las amenazas en el Sistema Económico y Financiero Mexicano son latentes y de gravedad muy exponencial, debido a la exposición en el mundo globalizado y al avance en los medios electrónicos.

El primer paso que se hizo fue la publicación (en el Diario Oficial de la Federación, del 17 de octubre de 2012, con vigencia a partir del 17 de julio de 2013) de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), cuyo propósito es combatir los flujos monetarios que de manera ilícita se generan en las organizaciones delincuenciales e inclusive empresariales, tales como:

  • Defraudación fiscal.
  • Discrepancia fiscal.
  • Lavado de dinero.
  • Trafico de influencias.
  • Reporte de dinero.
  • Desviación de recursos.
  • Aquellos tendientes a financiar el terrorismo.
  • Por actos u operaciones vinculadas actividades vulnerables.

Para ello, ordena la creación, dentro de la Procuraduría General de la República (PGR), de una Unidad Especializada en Análisis Financiero que podrá requerir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (por medio de la Unidad de Inteligencia Financiera) toda la información de operaciones de las que se presuma pudieran haberse realizado con recursos de procedencia ilícita. De igual forma, la norma establece una serie de actividades que las entidades financieras, así como notarios y corredores, y particulares deben identificar o, en su caso, reportar a Hacienda, debido a su monto y características.

A finales de 2013 nuestro país mediante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) resolvió realizar una Evaluación Nacional de Riesgo, con la finalidad de elaborar una estrategia nacional de Prevención de Lavado de Dinero/CFT, que contribuyera a la efectividad, coordinación e incremento en la calidad de las acciones públicas (poniendo énfasis en la percepción de impunidad y corrupción, en la certeza jurídica y en detectar las actividades de la delincuencia organizada), teniendo los siguientes efectos y resultados en los tres últimos años desde que se implementó la normatividad relativa a la prevención y amenaza de lavado de dinero, logrando que:

  • Los recursos ilícitos no sean introducidos al sistema financiero o a la economía formal de nuestro país;
  • La introducción de dichos recursos sea oportunamente detectada, mediante la actualización de base de datos como es el sistema financiero, el padrón de contribuyentes, cruce de información de terceros, entre otros;
  • Se castigue correctamente la conducta ilícita identificada y se retiren los recursos ilícitos del delincuente;
  • El sistema de administración general de aduanas haya implementado un centro de inteligencia (noviembre 2012) en el procesamiento electrónico de información aduanera, que ha tenido una incidencia en la disminución de actos preventivos;
  • Alteraciones en la demanda de dinero sin explicación económica aparente;
  • Distorsiones en los movimientos de capitales tanto de entradas como de salidas;
  • Control exhaustivo en los puertos de entrada y salida internacional para mercancías y pasajeros, entre otros aspectos.

Actualmente, México se encuentra próximo a encarar la Cuarta Ronda de evaluaciones del GAFI (octubre 2017) para revisar el cumplimiento técnico de las 40 Recomendaciones y la efectividad de nuestro sistema nacional de prevención y combate al lavado de dinero, mediante el monitoreo de evaluaciones mutuas de estándares previamente establecidos en los países agremiados al GAFI.

Lo antes expuesto, se puede visualizar en el cuadro 1, donde México se ubica como uno de los países expuestos potencialmente en este orden, el cual ha cumplido con 75% de las recomendaciones hechas por el GAFI —del que nuestro país es integrante—, dando pauta a que esté mejorando en este renglón.

En otro orden de ideas y que ejemplifica lo antes expuesto, se tienen los siguientes puntos a favor de nuestro país:

  • Existe un monto bajo de dólares de ingreso de origen ilícito entre EE.UU. y México, lo cual ha mejorado también en la declaratoria de efectivo por parte de pasajeros que ingresan al país vecino o que viajan a otra parte del mundo.
  • Un incremento en el sistema financiero mexicano, mediante transferencias electrónicas, uso de tarjetas de crédito y débito, monederos electrónicos y cualquier medio de identificación bancaria.
  • Un decremento de la economía informal, de acuerdo con datos estimados por el INEGI en los dos últimos años, y debido a diversos programas de apoyo gubernamental que fomentan la formalidad del comercio.

A continuación, haremos una reflexión sobre el papel de la profesión contable, su responsabilidad y la ética en el cumplimiento del deber profesional, ante una concientización acerca de los actos de prevención de lavado de dinero, desde tres puntos de vista: 1) Información confiable y transparencia, 2) Control y fiscalización, y 3) Cultura ética y de educación.

Información confiable y transparencia

El profesional de la Contaduría Pública está inmerso de forma natural, y como parte de su normatividad es responsable de la preparación de estados financieros que deben contener información financiera objetiva, confiable y objetiva, cuyos requisitos son intrínsecos a la normatividad contable y en armonización a los estándares internacionales. La información financiera posee estas características cuando su contenido es congruente con las transacciones, transformaciones internas y eventos sucedidos, y el usuario general la utiliza para tomar decisiones basándose en la misma.

Por ello, el Contador Público debe basar su cumplimiento en la preparación y presentación de dicha información, con un sentido de responsabilidad en donde no se desvíe el contenido de la misma, que atañe a la razonabilidad de la misma en cuanto a la confiabilidad de sus datos, pero sobre todo en la transparencia de esta.

El profesional de la Contaduría Pública tiene la obligación de informar la procedencia de todas las transacciones (transparencia de los recursos), y en especial de aquellos actos vulnerables y operaciones (desviación de recursos, discrepancia fiscal u otro) que pudiesen ser objeto de la LFPIORPI. Con esto cumpliría con las interrogantes de qué, por qué y a quiénes informar.

Control y fiscalización

La palabra control en términos sue generis constituye orden en las cosas y tener bien algo; proviene del término francés contrôle y significa comprobación, inspección, fiscalización (debido cumplimiento a las disposiciones tributarias) o intervención. En este sentido, la LFPIORPI tiene como propósito identificar operaciones de las que se presuma pudieran haberse realizado con recursos de procedencia ilícita y combatir aquellas amenazas de actos vulnerables y operaciones no propias de organizaciones criminales e incluso formalmente establecidas, por ello se han establecido medidas de control en el sistema financiero mexicano y en otros sectores de vulnerabilidad, que permitan disminuir y evitar la amenaza de lavado de dinero.

Es aquí donde el Contador Público, como parte de su responsabilidad en el manejo administrativo y financiero, deberá establecer procedimientos y estrategias de control que eviten consignar amenazas y delitos consagrados en la mencionada ley. Algunas de las medidas de control pueden ser:

  • Cuidado y revisión exhaustiva de las operaciones de ingresos y egresos de las diferentes cuentas bancarias, mediante los avisos de información.
  • Verificación del origen de los depósitos en efectivos, de cualquier naturaleza.
  • Investigación exhaustiva del historial de los diferentes clientes, proveedores, acreedores, fuentes de financiamiento e incluso de sus accionistas.
  • Origen de los diferentes pagos y compromisos en pasivos.
  • Perfil de los diferentes servicios como outsourcing y fuentes de financiamiento, en especial de los laborales.
  • Minuciosa revisión de los diferentes pagos de contribuciones, en la que se eviten deducciones improcedentes, pagos y acreditaciones de prestadores y proveedores no identificados, operaciones simuladas, entre otras.

Cultura ética y de educación

El ser humano se manifiesta en actos y actitudes que determinan sus valores personales, en el hacer o ser; lo cual implica que un individuo comprende su mejor manera, al hacer o tener un acto correcto de las cosas y al ver su relación con la ética; esto deriva en que un individuo en la sociedad donde vive: cumple su hacer o ser, al permitirle vivir de la mejor manera, por lo que él como persona se sentirá bien, al hacer las cosas bien y como debe ser.

El Contador Público, por regirse en un Código de Ética, debe cumplir con los siguientes principios fundamentales: integridad, objetividad y comportamiento profesional, del cual se desprende que el profesional de la Contaduría Pública debe ser honesto en su persona y, por ende, evitar ante todo que en su actuación individual y profesional prolifere una información que de origen sea falsa, confusa o ínfima certeza, por lo que no debe ni puede generar ninguna información financiera con los aspectos anteriores.

Por lo antes señalado, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), en coordinación con el órgano evaluador externo, están proyectando la Certificación Profesional por Disciplinas en Prevención de Lavado de Dinero para certificar a profesionistas que cuenten con los conocimientos en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita en lo relativo a las actividades vulnerables señaladas en el art. 17, así como en las obligaciones señaladas en el art. 18 de dicha ley, mediante la resolución de casos prácticos con apego a las Normas y Procedimientos de Auditoría y de Aseguramiento.

Conclusión

Ante la prevención de lavado de dinero, el Contador Público tiene la responsabilidad ética de informar cualquier situación que pueda derivar una amenaza o vulnerabilidad por dicho concepto, siempre en cumplimiento a su actuación ética y de las disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita; evitando en todo momento que su actuación individual y/o profesional se vea íntegramente afectada en la preparación de estados financieros o en cualquier desempeño de su actuación profesional; de lo contrario, so pena de castigo en vía pecuniaria o corporal, independientemente de la sanción en su desempeño ético profesional.

Referencias

Alejandro Méndez Rueda, “Regulación del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo”, Contaduría Pública, México, Instituto Mexicano de Contadores Públicos, México, febrero, 2016.

Código de Ética Profesional, México. Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C., 2015.

Diana Bernal Ladrón de Guevara, Gricel Varela Rubio y Alejandra Guerra Juárez, “Ética del Contribuyente”, Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, 2014.

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público/Unidad de Inteligencia Financiera (coord.), Primera evaluación nacional de riesgos de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo en México, México. Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 2016.

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