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Artículos

Avances del proyecto BEPS

Editor IMCP - 5 febrero, 2019

Por más de cinco años, el proyecto BEPS ha tenido un lugar de gran importancia en el foro tributario internacional. En este lapso se han llevado a cabo importantísimos esfuerzos por parte de los responsables del proyecto y se han logrado resultados igualmente relevantes, los cuales están cambiando de manera radical el diseño y funcionamiento del marco tributario internacional.

Si bien aún falta mucho por hacer para ver los resultados finales de este proyecto, también es cierto que mucho se ha conseguido. Por ello, en este artículo se presenta una breve síntesis de los avances reportados durante el año 2018 por parte de los integrantes del marco inclusivo para la implementación del proyecto BEPS.
Desde luego, queda mucho por hacer, por lo que invitamos al lector a mantenerse informado del desarrollo y avances de este tema. El proyecto BEPS La proliferación de las operaciones internacionales abrió oportunidades de planeación fiscal internacional agresiva para las empresas multinacionales, donde se aprovechaban ciertas inconsistencias entre las legislaciones tributarias existentes en los distintos países y las reglas tributarias internacionales. Ante la existencia de esas oportunidades de planeación fiscal internacional agresiva los gobiernos de los países tuvieron que reconocer que estaban en una situación de desventaja, por lo que los líderes de los países que integran el G-20 identificaron la problemática de la erosión de la base gravable y la transmisión de utilidades o beneficios a otras jurisdicciones y decidieron actuar, surgiendo así el proyecto BEPS.1
Los líderes del G-20 encomendaron a la OCDE el análisis de la problemática y, posteriormente, el desarrollo de un plan de acción integral para el proyecto, mismo que fue aprobado por los líderes del G-20 en septiembre de 2013.

El plan de acción tendría como fin asegurar que las utilidades tributen en la jurisdicción en la que se desarrollan las actividades económicas y donde se genera el valor, restableciendo así la confianza en el sistema tributario internacional que había sido tan vulnerado por la planeación fiscal agresiva. El Plan de Acción BEPS quedó compuesto por 15 acciones concretas que debían ser implementadas a nivel nacional por los distintos países y también por lo que hace a la aplicación coordinada de ciertas disposiciones de los convenios internacionales en materia fiscal, incluyendo medidas que van desde la adopción de novedosos estándares mínimos y la revisión de estándares existentes, pasando por la creación de nuevos enfoques o criterios que promuevan la convergencia de prácticas nacionales, hasta el desarrollo de lineamientos y directrices de mejores prácticas. Como parte del plan de acción integral se aprobaron cuatro estándares mínimos: 1) la adopción de reglas modelo para impedir la utilización abusiva de los convenios internacionales en materia fiscal; 2) la entrega de información estandarizada (país por país) por parte de los grupos multinacionales en relación con sus precios de transferencia; 3) promover la revisión entre pares para frenar la utilización de prácticas fiscales nocivas; y 4) lograr un acuerdo que busque garantizar avances en la resolución de controversias fiscales internacionales.

Evidentemente, el éxito del proyecto BEPS depende en buena medida de su implementación conjunta en el contexto internacional. Por ello, los miembros de la OCDE y del G-20 desarrollaron un proceso de implementación inclusivo, invitando a otros países ajenos al G-20 y a la OCDE a sumarse al proyecto BEPS, creando el “marco inclusivo” (Inclusive Framework) para implementación de dicho proyecto. Así se logró la integración de países y jurisdicciones (no pertenecientes al G-20 o a la OCDE) interesados en el proyecto BEPS, comprometiéndolos a su implementación, lo cual les permitió colaborar en la elaboración de normas BEPS, así como en la supervisión y proceso de revisión de la implementación del proyecto. Para adherirse al marco inclusivo, los países y jurisdicciones interesados deberán aceptar las acciones del Proyecto BEPS y comprometerse a implementarlo sistemáticamente. A pesar de que falta mucho para la plena consolidación del proyecto BEPS, se tienen avances importantes en los temas siguientes, de los cuales se presenta una breve síntesis, según lo reportaron los integrantes del marco inclusivo del proyecto en este 2018.

Avances relativos a la tributación de la economía digital
Tal como se reconoce desde los primeros documentos del proyecto BEPS, el vertiginoso y constante desarrollo tecnológico, aunado al fenómeno globalizador, han traído nuevos y complejos retos al régimen tributario internacional existente. En el reporte de la Acción 1 del Plan de Acción BEPS se reconoció que, por la naturaleza intangible de la digitalización, será sumamente complejo (si no es que imposible) cercar la economía digital para su control. Más allá del problema de erosión de la base gravable y el traslado de utilidades, la digitalización da lugar a nuevos retos en materia de tributación internacional, como la identificación del nexo idóneo para establecer los derechos a la tributación y la caracterización de las transacciones, etcétera. Aunque desde el reporte de la Acción 1 se identificaron ciertas alternativas para los retos que plantea la digitalización, a la fecha, no se ha alcanzado consenso, por lo que los integrantes del marco inclusivo acordaron continuar con los trabajos en materia de digitalización para emitir un reporte final en el año 2020. Mientras tanto, se ha asumido el compromiso de revisar las reglas relativas a la caracterización y la identificación del nexo idóneo para someter a imposición la economía digital, que permita alinear el gravamen con el reconocimiento de las utilidades con la realización de las actividades económicas y la creación de valor.
Existe divergencia respecto a qué elementos deben ser clave en la economía digital, pasando por el tradicional criterio de presencia física, hasta criterios novedosos y aparentemente relevantes en empresas con alta digitalización como la relevancia del usuario. Ante la divergencia y falta de consenso actuales se busca la manera de identificar y desarrollar puentes que permitan transitar entre enfoques tan diversos, de manera que se logre un nivel aceptable
de coherencia en el sistema tributario internacional.

Avances en materia de transparencia
La capacidad de las administraciones tributarias para hacer cumplir las leyes fiscales depende en buena medida de la información con la que cuenten. Por ello, el proyecto BEPS se ha enfocado en procurarles un nivel de transparencia que no tiene precedente y que les permite obtener información sobre: a) resoluciones que hayan emitido las administraciones tributarias de los distintos países a sus contribuyentes
y que puedan ser relevantes, contando ya con información de la existencia de más de 17,000 resoluciones
que podrán conocerse a detalle por medio de los mecanismos de intercambio de información entre la autoridades fiscales en términos de sus tratados; b) información sobre planeaciones fiscales agresivas u operaciones relevantes para que las administraciones tributarias puedan hacer evaluaciones oportunas de los riesgos que dichas planeaciones u operaciones pueden representarles; c) información de los precios de transferencia utilizados por los grupos multinacionales que brindan a las administraciones una perspectiva global que antes no tenían, y d) mecanismos de resolución de controversias que contribuyen a mejorar la transparencia. Como resultado del proyecto BEPS, las administraciones tributarias actualmente cuentan con más y mejor información que les permite tener una mejor visión de la situación global de sus contribuyentes, lo cual parece estar incidiendo en el comportamiento de las empresas multinacionales.

Avances en materia de certeza
Los esfuerzos en materia de prevención y resolución de controversias prometen otorgar mayor certeza, así como un mayor nivel de cooperación y coordinación entre contribuyentes y administraciones tributarias.
El objetivo es evitar las controversias en la medida de lo posible y que, cuando surjan, existan mecanismos eficientes, transparentes y razonablemente predecibles para resolver las controversias. Si hoy las administraciones tributarias cuentan con más información, podrán evaluar mejor sus riesgos y programar mejor sus actos de fiscalización. Esto
debería dar pie al desarrollo de programas de cumplimiento cooperativo que brinden certeza a los contribuyentes cumplidos y abiertos a mantener una sana y cercana relación con las autoridades. Desde luego, la mejora de los procedimientos de acuerdo mutuo entre autoridades competentes será especialmente relevante para brindar mayor certeza a los contribuyentes.

Avances en materia de sustancia
La sustancia (más que la simple forma) en la determinación de las utilidades es un elemento esencial en el proyecto BEPS. Así tenemos que se han logrado importantes avances en la implementación de diversas acciones del plan BEPS dirigidas a identificar esa sustancia y reconocerla efectivamente en la determinación de las utilidades gravables, como: el instrumento multilateral desarrollado en el proyecto BEPS como medio eficiente para combatir de forma casi inmediata la utilización abusiva de convenios internacionales en materia fiscal, las acciones relativas a precios de transferencia para asegurar que la medición de utilidades sea congruente con la creación de valor y las medidas relativas al combate a regímenes fiscales nocivos, entre otros.

Avances en materia de coherencia
Un objetivo esencial de BEPS consiste en restaurar la coherencia del sistema tributario internacional, evitando la elusión o evasión derivada de prácticas que trasladaban o desviaban las utilidades de las jurisdicciones donde realmente se generaban. Para esto se han atacado, desde el lanzamiento del plan de acción en 2015, los regímenes o estructuras que permitían incongruencias por tratamientos híbridos de sujetos u operaciones, limitación a la deducción de intereses o cargos financieros y el combate a la utilización de subsidiarias extranjeras para la reducción o diferimiento de la carga tributaria.

Bibliografía

1 Base Erosion and Profit Shifting, significa erosión de la base (imponible) y
traslado de utilidades o beneficios.

C.P.C. CHRISTIAN R. NATERA NIÑO DE RIVERA
MIEMBRO DE LA COMISIÓN DE REVISTA DEL IMCP
SOCIO DIRECTOR DE NATERA CONSULTORES
CNATERA@NATERA.COM.MX

Tags | BEPS, International Taxation, Marco Tributario BEPS, Tributación Internacional
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