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ISSN 2594-1976
Artículos

Estudio del Presupuesto Basado en Resultados en México

Editor IMCP - 1 octubre, 2019

José Joaquín Maldonado Escalante
Universidad Autónoma del Carmen, México
jmaldonado@pampano.unacar.mx

Carmela Montiel Cabrera
Universidad Autónoma del Carmen, México
cmontiel@pampano.unacar.mx

El Presupuesto de Egresos de la Federación en México es el documento en el que se autorizan los recursos asignados para el gasto público conforme a la normatividad aplicable para su formulación. De 2007 a la fecha se ha seguido un proceso de adaptación de las leyes, para poder utilizar el Presupuesto Basado en Resultados (PBR[CPC1]) en la formulación del Presupuesto de Egresos de la Federación con el objeto de controlar el ejercicio del gasto público, la evaluación del desempeño y la rendición de cuentas, para garantizar la transparencia en la aplicación de los recursos
públicos.

Para que un PBR sea efectivo es necesaria la colaboración institucional entre las unidades de planeación, evaluación y presupuestación para lograr la orientación a resultados del presupuesto. Para ello, el Banco Mundial considera que es indispensable formular lineamientos internos que establezcan acciones, procedimientos y tiempos, para que todos los programas y dependencias integren sus actividades y objetivos, con base en indicadores y metas, con relación al presupuesto y a la planificación sectorial y nacional.

El objetivo del presente trabajo es el estudio del Presupuesto Basado en Resultados, análisis de la legislación aplicable para su formulación, así como para el control del ejercicio del gasto público, la evaluación del desempeño de los programas de gobierno y la rendición de cuentas para la transparencia en el uso de los recursos públicos. Asimismo, otro propósito es que los mexicanos entiendan mejor en qué se utilizan los recursos del país y puedan tener mejores elementos para participar en la vida democrática del país.

Desarrollo
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 31 de marzo de 2008, se define al PBR como el proceso que integra de forma sistemática, en las decisiones correspondientes, apreciaciones de los resultados y el impacto de estos por la ejecución de los programas presupuestarios y de la aplicación de los recursos asignados a estos.

La normatividad para la elaboración del Presupuesto de Egresos de la Federación está contenida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), sus leyes reglamentarias y sus reglamentos.
Se menciona la legislación aplicable para cuidar el uso adecuado de los recursos públicos, la evaluación del desempeño de los programas de gobierno, los funcionarios y dependencias; así como la rendición de cuentas y posibles sanciones en caso de uso indebido de los recursos.

El PBR es la mejor herramienta con la que cuentan tanto el gobierno como la sociedad. Evaluar todos los proyectos de inversión que se realicen es uno
de los elementos que se tendrán que adoptar en los tres órdenes de gobierno, así como el establecimiento de los principios del Sistema de Evaluación del Desempeño (SED). Por lo tanto, ahora es requisito para ejercer el presupuesto que este incluya objetivos, metas e indicadores para todos los programas.1

La CPEUM establece las obligaciones y responsabilidades de los que ejercen el gasto público, estableciendo las bases para la expedición de leyes reglamentarias que servirán para cuidar el uso adecuado de los recursos públicos, entre las que se encuentran, principalmente:

  • Ley de Planeación (LP).
  • Ley General de Desarrollo Social (LGDS).
  • Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH).
  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF).
  • Ley de Coordinación Fiscal (LCF).
  • Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
  • Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación (LFRCF).

Las leyes anteriores establecen las bases para utilizar el Presupuesto Basado en Resultados en la elaboración del Presupuesto de Egresos de la Federación, en el ámbito de su competencia. Naturalmente, estas leyes están acompañadas de sus respectivos reglamentos, en los cuales se especifican los detalles y procedimientos para el cumplimiento de lo establecido en las mismas.

Es importante que los funcionarios públicos y la ciudadanía conozcan las leyes que aquí se citan, para que el funcionario sepa el alcance de su responsabilidad y el ciudadano esté en posición de exigir el empleo honesto de los recursos públicos y tenga una mayor participación en las decisiones tomadas por el gobierno, incluso hacer propuestas al Congreso de la Unión para la supervisión y una mejor fiscalización de la aplicación del presupuesto, así como de la orientación de este.

La información presupuestaria y programática que forme parte de la cuenta pública deberá relacionarse, en lo conducente, con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo. Asimismo, la LGCG señala que la cuenta pública deberá incluir los resultados de la evaluación del desempeño de los programas federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, respectivamente, así como los vinculados al ejercicio de los recursos federales que les hayan sido transferidos, conforme al artículo 54. Para ello, deberán utilizar indicadores que permitan determinar el cumplimiento de las metas y objetivos de cada uno de los programas, así como vincular los mismos con la planeación del desarrollo.

Con base en lo anterior, podemos afirmar que a escala federal está establecido el Marco Jurídico para utilizar el PBR; de hecho, ya el gobierno Federal está realizando sus programas presupuestales utilizando el PBR, e incluso ya están siendo evaluados. Sin embargo, falta que todas las entidades federativas hagan los cambios necesarios en su normatividad, leyes y demás, para establecer el uso del PBR, situación que se encuentra en
proceso.

La evaluación de la actividad del gobierno y la medición del desempeño de los funcionarios no se darán de manera automática con la instrumentación de mejores sistemas contables, pero en la medida en la que se acaten las mejores prácticas internacionales para la generación de la contabilidad gubernamental mejorará la transparencia y la calidad de la información de las finanzas públicas del país en todos los niveles de gobierno, para que existan mejores elementos para incluirse en la evaluación gubernamental.2

La fiscalización de la cuenta pública tiene como fin verificar si se cumplió con lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación y demás disposiciones legales aplicables, y la práctica de auditorías sobre el desempeño para verificar el grado de cumplimiento de los objetivos de los programas federales respetando las normas y principios de posterioridad,
anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.

El Poder Legislativo es el canalizador y enlace de la sociedad con el gobierno, ya que establece las necesidades sociales y las prioridades gubernamentales, emite las disposiciones legales que regulan el actuar del
Estado y crea las condiciones para que la sociedad se desarrolle plenamente. Asimismo, vigila el actuar del gobierno y en materia de transparencia y rendición de cuentas, evalúa los procesos y los resultados de la acción pública, con el objeto de generar mecanismos de eficacia y eficiencia gubernamental.3

Los ciudadanos, al elegir a los diputados y senadores que integran el Congreso de la Unión, son los responsables de cuidar los recursos de la nación y estos se deben invertir en lo que necesita la sociedad.

El artículo 134 de la CPEUM señala que los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los municipios, y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a que estén destinados.

Para garantizar esa eficiencia y transferencia en el uso de los recursos públicos, en los últimos diez años se ha avanzado en la emisión y actualización de leyes en las que se fincan responsabilidades a los servidores públicos que hagan un uso indebido de los recursos, y una de las que más control ejerce sobre el presupuesto público es precisamente la LGCG.

Para el presente año 2019, el gobierno se está gastando $5’838,059’700,000.00 aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación (cinco billones ochocientos treinta y ocho mil cincuenta y nueve millones setecientos mil pesos), lo cual es una enorme cantidad de dinero y solo para el gasto de un año. Esta riqueza generada por todos los mexicanos es recaudada por el gobierno, principalmente por medio de los impuestos; lo correcto es que sea utilizada honestamente para la satisfacción de las necesidades sociales, de salud, educación, seguridad pública etc., así como para invertirlos en el desarrollo económico y social de nuestro México.

El gasto del gobierno debe estar orientado a la atención y satisfacción de las necesidades básicas de la población y a las estrategias de desarrollo del país
establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo. Los recursos que va a gastar el gobierno los obtiene de las contribuciones que recauda de los ciudadanos con base en la facultad que le otorga el artículo 31 de la CPEUM.

La forma en que los recursos de la nación se invierten debe ser transparente y las inversiones deben lograr resultados previamente programados; en la medida en que los recursos públicos sean asignados a programas con objetivos claros y que estos sean evaluados por el SED, se estará generando un mayor desarrollo del país, que deberá reflejarse en beneficio de la sociedad y del país.

El SED permite la valoración del desempeño de los programas del sector público mediante la evaluación de los objetivos contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo. Para estas evaluaciones se deben incluir indicadores de desempeño con sus respectivas metas anuales en todos los programas que reciban recursos del presupuesto público.

Con los resultados del SED, el Congreso tiene una magnífica herramienta para asignar el presupuesto de acuerdo con los resultados logrados y, en caso de no alcanzarlos, analizar los motivos para modificar el programa, sancionar a los que estén al frente o, si así se requiera, recortarlo. Por el contrario, los programas que salgan bien evaluados podrían ser premiados asignándoles más recursos por estar cumpliendo con sus objetivos programados.

En la medida en que se aplique honestamente el ejercicio del gasto público en la satisfacción de las necesidades sociales y la inversión para el desarrollo podremos aspirar al cumplimiento de las metas nacionales de desarrollo económico y social.

1 Abedrop, E. (2010), Presupuesto basado en Resultados. México: Editorial IEXE.
2 Sour, L. (2012). “El Sistema de Contabilidad Gubernamental que mejorará
la transparencia y la rendición de cuentas en México”. Revista Trimestre
Fiscal (99), 87-114. México.
3 Abedrop, E., ibidem.
Referencias
CPEUM (2017). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponible
en: www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm
PEF (2019). Presupuesto de Egresos de la Federación. Disponible en http://www. diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2019_281218.pdf

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