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ISSN 2594-1976
Artículos

Prevención de lavado de activos

Administrador - 5 agosto, 2020

Diana Jailine Carballo Pérez
Alumna del programa de Contaduría Pública y Estrategia Financiera del Instituto Tecnológico Autónomo de México
Revisión: Maestra Rosa María Athié Rubio, Académica del Instituto Tecnológico Autónomo de México

Introducción
En el siguiente artículo se desarrollará el por qué la colegiación obligatoria puede ser una posible solución para que los Contadores Públicos mejoren el cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención del lavado de activos dentro de las empresas, tanto en las que presta sus servicios de manera independiente, como en las que labora internamente. A lo largo del artículo se abordarán los siguientes temas:

1) Qué es el lavado de activos.
2) El panorama a nivel mundial y cómo se encuentra México con respecto al resto del mundo.
3) Dónde se encuentra tipificado el delito de lavado de activos y el marco regulatorio actual en México.
4) Los principales hallazgos de la evaluación hecha por GAFI.
5) La importancia del lavado de dinero para los Contadores Públicos.
6) Acciones a tomar dentro y fuera de la profesión.

A escala mundial existen diversos organismos internacionales involucrados en la prevención del delito de lavado de activos, el cual se entiende como el proceso, con conocimiento, que tiene por objeto ocultar recursos de procedencia ilícita para darles una apariencia de legalidad e introducirlos al sistema financiero (CNBV, 1).

Uno de los organismos internacionales más destacados en materia de prevención de lavado de activos es el Instituto de Gobernanza de Basilea, que se especializa en la prevención de corrupción y lavado de activos, además de incentivar políticas de buen gobierno corporativo para el sector bancario. El Instituto de Gobernanza de Basilea publica cada año un ranking que evalúa el riesgo de lavado de activos en todo el mundo y clasifica a los países, según el grado de vulnerabilidad de su sistema jurídico e institucional frente al lavado de activos, para lo cual utiliza información emitida por terceros, por ejemplo, la evaluación que realiza el Grupo de Acción Financiera (GAFI) a sus países miembros. Con esta información se obtiene una calificación por cada país mediante el promedio de entre 8 y 14 indicadores que miden, entre otras cosas, la independencia y eficiencia del sistema judicial, la transparencia de las instituciones, el nivel de corrupción y la delincuencia organizada.

El ranking enlista a 129 países; según la calificación obtenida, dicha calificación va de 0 a 10, en donde 0 significa ausencia de riesgo y 10 una exposición absoluta al riesgo de lavado de activos. En el ranking publicado por el Instituto de Gobernanza de Basilea en enero de 2018, el país más vulnerable al lavado de activos es Tayikistán con una calificación de 8.3 que, en comparación con 2017, subió 0.03 puntos, y el país menos vulnerable es Finlandia con una calificación de 2.57 que, en comparación con 2017, subió 0.80 puntos.

En el ranking de 2018, México se encuentra en la posición número 72 de los 129 países evaluados, es decir a la mitad de la lista, con una calificación de 5.17 que indica que existe un riesgo significativo de lavado de activos y, en comparación con 2017, la calificación de México subió 0.11 puntos, lo que implica que el país no está mejorando en los indicadores que se usan para calcular la calificación, por lo que se debe buscar implementar medidas que mejoren el desempeño de México en materia de prevención de lavado de activos, atendiendo a los factores relevantes que evalúan los organismos internacionales como el Comité de Basilea y GAFI. Por otro lado, México se encuentra por debajo del promedio de todos los países que para 2018 fue de 5.63 puntos, lo cual indica que México presenta una situación más favorable en comparación con el promedio de los países en materia de prevención de lavado de activos.

El ranking publicado por el Instituto de Gobernanza de Basilea deja ver que, aunque se han tenido grandes avances en México aún quedan medidas y acciones a tomar para mejorar el actual marco regulatorio, la independencia, la eficiencia del siste- ma judicial, la transparencia de las instituciones, el nivel de corrupción y la delincuencia organizada por lo que se debe buscar que las autoridades, los reguladores y sujetos obligados trabajen en conjunto para disminuir el riesgo de lavado de activos en México.

Desarrollo
En México, el delito de lavado de activos se encuentra tipificado en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, en el cual se enlistan las conductas que conforman el tipo penal del lavado de activos. Adicionalmente, dentro del marco regulatorio se encuentra la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) o Ley Antilavado para regular las actividades considera- das como vulnerables dentro de los diversos sectores de la economía y contiene las obligaciones que deben cumplir los sujetos que lleven a cabo actividades vulnerables, como es el caso de los servicios que presta un Contador Público.

El Grupo de Acción Financiera (GAFI), que es un organismo internacional e intergubernamental, cuyo objetivo es fijar estándares y promover la efectiva implementación de medidas legales, regulatorias y operativas para combatir el lavado de activos, además de identificar vulnerabilidades a escala nacional con el propósito de proteger al Sistema Financiero, evalúa y supervisa a cada país miembro para verificar que su marco normativo cumpla con la efectiva implementación de las 40 recomendaciones de GAFI, y México al ser país miembro está sujeto a esta evaluación.

El GAFI publicó en 2018 el informe de la última evaluación realizada a México; dentro de los hallazgos principales, el GAFI destaca que, en México hay una com- presión limitada de los riesgos y técnicas complejas para el lavado de activos por parte de las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD), también conocidas como Actividades Vulnerables, dentro de las cuales se encuentran los servicios otorgados por Contadores Públicos, Abogados, Notarios, entre otros (GAFI, 8).

Ver  el artículo completo, clic aquí

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