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ISSN 2594-1976
Artículos

Juicio en línea y en vía sumaria. Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

admin - 4 enero, 2012

C.P.C. y L.C.I. Francisco J. Macías Valadez Treviño
Expresidente del IMCP 2010-2011
fmacias@deloittemx.com

El “Juicio en Línea” nace fundamentado en el Diario Oficial de la Federación del pasado 21 de junio, en donde el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) a cargo del Presidente Magistrado Licenciado Juan Manuel Jiménez Illescas, dio a conocer el Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que entró en vigor el 22 de junio de 2011

El TFJFA, además, decidió buscar la asesoría de una firma de servicios profesionales con la capacidad y experiencia necesarias para acompañarlos en este proyecto de transformación. La firma seleccionada para desarrollarlo e implementarlo fue Deloitte, que presentó al TFJFA un enfoque integral para el proyecto que comprendió no solo aspectos tecnológicos, sino asesoría en mejora de procesos y temas fiscales, capacitación y administración del cambio, factores críticos en una iniciativa de esta envergadura.
En cuanto a las modificaciones hechas al Reglamento, destacan las siguientes:
1. Se incluyen las definiciones al reglamento sobre:

  • Juicio en la vía tradicional.
  • Juicio en línea.
  • Juicio en vía sumaria.

2. El TFJFA cuenta con una sala especializada que se denominará “Sala Especializada en Juicios en Línea”, cuya sede se ubicará en el Distrito Federal (D.F.), con competencia exclusiva para conocer, en todo el territorio nacional, de los juicios en línea o bien de los que, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA), se deban tramitar tanto de manera simultánea en línea como en la vía tradicional, que sean promovidos en los supuestos señalados en los artículos 14 y 15 de la referida ley, sin perjuicio de que la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual, deba conocer los juicios de su competencia que se tramiten en cualquiera de ambas vías.

Estructura del TFJFA
El TFJFA se encuentra conformado por:

  • Sala Superior conformada por 11 magistrados.
  • Junta de Gobierno y Administración integrada por 5 magistrados: 3 de sala superior y 2 de salas regionales.
  • 44 Salas Regionales compuestas por 132 magistrados: 12 Salas Metropolitanas, 31 Salas en el interior de la República y 1 Sala Especializada en materia de Propiedad Intelectual.

Juicio en línea
Con la finalidad de dar una pronta impartición de justicia, aprovechando el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación consagrada en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativa a una pronta impartición de justicia, a partir del 7 de agosto de 2011 entró en vigor la implementación del “Sistema del juicio en línea”.

Concepto
El juicio en línea consiste en el proceso contencioso administrativo que regula la LFPCA, el cual deberá llevarse desde la demanda, desahogo de pruebas y el dictado de la sentencia hasta su notificación, mediante el uso de un sistema informático denominado “Sistema de juicio en línea”.
Este sistema es optativo para el particular, pero obligatorio para la autoridad demandada. Comprende el almacenamiento de documentos digitales, el intercambio de información en la función jurisdiccional, así como en la interacción entre el TFJFA y las partes en litigio, a través de los medios electrónicos y de Internet.
Actualmente el Magistrado Licenciado Faustino Hidalgo Ezquerra es el Presidente de la Comisión de Juicio en Línea del TFJFA, encargado de todo el procedimiento de esta vía desde la sentencia, regulación, tramitación y regulación de la demanda.

Objetivos
El “Sistema del Juicio en Línea”, tiene como finalidad cumplir los siguientes objetivos:

  • Dar solución a una de las principales problemáticas que ha enfrentado el TFJFA y que deriva de la ampliación gradual de su competencia, que consiste en el incremento desmesurado del número de asuntos que se someten a su jurisdicción, comparado con el bajo crecimiento estructural del TFJFA.
  • Agilizar los trámites realizados por las partes en un juicio ante el TFJFA, mediante el uso de Internet.
  • Permitir registrar, controlar, procesar, almacenar, difundir, transmitir, administrar y notificar todo el procedimiento contencioso administrativo federal.

Beneficios

  • Las pruebas documentales que ahora constan en un medio electrónico, da como resultado evitar el uso y el gasto económico de la excesiva utilización del papel.
  • Las notificaciones al realizarse por correo electrónico reducen el tiempo de trámites y traslados dentro del desarrollo del juicio.
  • La reducción notable en el tiempo para el desarrollo del juicio al ser hábiles las 24 horas del día y el acceso al sistema los 365 días del año, garantizando la participación de tiempo completo justiciable, por lo que los plazos se reducen para acordar y emitir las resoluciones relativas a la substanciación del juicio.
  • Los efectos financieros de los costos y los gastos evaluados en tiempo y su efecto económicos financiero resultan importantes, tanto para efectos internos como para los externos.

Este juicio en línea dará como resultado un ahorro en tiempo, costos y gastos, tanto para el propio TFJFA como para el promotor, aumentando la seguridad jurídica que la utilización de medios electrónicos representa.
Al 30 noviembre de 2011 se han presentado 250 demandas en línea, y estos asuntos representan un monto aproximado de 550 millones de pesos; asimismo, a la fecha, se han emitido dos sentencias definitivas, 25 sentencias interlocutorias, 332 acuerdos de trámite, y se han practicado 360 notificaciones de resoluciones, bajo este procedimiento de vía en línea.

Juicio en vía sumaria
Este juicio consiste en una simplificación y abreviación del juicio contencioso administrativo, el cual está regulado por la LFPCA.

Objetivo
El juicio en la vía sumaria tiene como principal objetivo reducir la duración de la substanciación del proceso en los juicios de cuantías menores o con un bajo grado de complejidad.
Una de las principales fortalezas de la vía sumaria es que los juicios que se tramiten serán resueltos por el Magistrado Instructor, en vez de hacerlo colegiadamente como se realizaba.

Casos en que procede
El juicio en la vía sumaria procederá cuando se impugnen resoluciones definitivas cuyo importe individual no exceda de $109,189.75 (cinco veces el salario mínimo general vigente en el D.F., elevado al año), en esta cantidad no debieran estar incluidas las actualizaciones ni los recargos, cuando se trate de resoluciones en las siguientes materias que:

  • Determinen créditos fiscales.
  • Impongan multa o sanción.
  • Exijan el pago de una fianza o una garantía.
  • Sean contra resoluciones que, sin importar la cuantía, violen las tesis de jurisprudencia.

También procederá en contra de las resoluciones que sin importar el monto, violen una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de inconstitucionalidad de leyes, o en contra de una jurisprudencia del Pleno de la Sala Superior del TFJFA.

Casos en los que no procede
No procederá el juicio en la vía sumaria, cuando el juicio sea de una cuantía menor pero que, simultáneamente, se trate de:

  • Una controversia de una regla administrativa de carácter general.
  • Sanciones económicas en materia de responsabilidad administrativa, en materia de propiedad intelectual.
  • La imposición al actor además de una multa o sanción, una carga u obligación, o si el oferente de la prueba testimonial no puede presentar testigos.

Plazos
Este juicio en la vía sumaría agiliza los juicios al reducir los plazos para el ejercicio de los derechos de las partes conforme a los siguientes plazos:

  • 15 días para la presentación de la demanda, para la contestación a la misma y para que el tercero interesado se apersone en el juicio.
  • 60 días para la instrucción del juicio contados a partir del auto admisorio de la demanda.
  • 3 días para que los peritos acepten y protesten el cargo y 5 días para que emitan su dictamen.
  • 5 días para formular la ampliación de la de la demanda y la contestación a la misma.
  • 10 días para la interposición de los incidentes de acumulación de juicios y el de recusación por causa de impedimento.
  • 3 días para la interposición de los incidentes de nulidad de notificaciones y de recusación del perito.
  • 5 días para interponer el recurso de reclamación, y 3 días para desahogar la vista del recurso y resolverlo.
  • 20 días para emitir la sentencia contados a partir del cierre de la instrucción.
  • Un mes para cumplir lo ordenado en la sentencia definitiva.
  • 3 días para cualquier otro caso no previsto.
  • Los juicios en vía sumaria serán resueltos por el Magistrado Instructor en lugar de realizarlo colegiadamente como se venía aplicando, de tal forma que hoy en día los 132 Juzgadores que integran las 44 Salas Regionales, reducen en forma efectiva el tiempo para la instrucción y resolución de los juicios.

Comentarios y recomendaciones
El uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación es una de las herramientas que facilita y agiliza una pronta impartición de justicia derivado de la implementación del “Sistema del juicio en línea”, en él se lleva a cabo desde la demanda, desahogo de pruebas y el dictado de la sentencia hasta su notificación mediante un sistema informático.
El juicio en la vía sumaria atiende a una simplificación y abreviación del juicio contencioso regulado por la LFPCA reduciendo los tiempos para: su elaboración, facilitando y agilizando, el que se resuelvan en forma más rápida y eficiente dentro del propio TFJFA, además de aumentar la seguridad jurídica para el propio demandante.
Así resulta evidente la reducción de costos económicos y financieros, tanto internos, para el propio TFJFA, como externos para las empresas y personas físicas, así como por la congelación de capitales que, a su vez, tiene sus efectos en el costo de financiamiento para ambas partes.
Con la implementación de esta solución el TFJFA ha dado un ejemplo claro y contundente de cómo llevar a cabo un proyecto de transformación, basado en las ventajas que ofrecen las Tecnologías de Información.
Los resultados obtenidos al momento pueden ser atribuidos, sin lugar a dudas, a una correcta planeación y ejecución de la iniciativa, un proceso efectivo de toma de decisiones y a la capacidad del personal del Tribunal, colegiados y magistrados para seleccionar y conjuntar un equipo de asesores de primer nivel, el cual hizo posible alcanzar los objetivos planteados al inicio del proyecto para beneficio mutuo, tanto para el Tribunal como para los demandantes que utilicen esta vía de medios electrónicos en materia legal.

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