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ISSN 2594-1976
Artículos

Dictaminadores de pérdidas consecuenciales. Nuevo y desconocido campo de actuación de la profesión Contable

admin - 13 septiembre, 2013

C.P. Luis Miguel Copín Tovar
Socio Director de Copín y Asociados, S.C.
lmcopin@copinyasociados.com.mx

Al paso de los años, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) ha enfocado su difusión en disciplinas como auditoría, contabilidad financiera, fiscal, finanzas, entre otras. Por el volumen de Contadores Públicos que dedican su trayectoria profesional a la práctica de la auditoría, esta disciplina ha sido una de las más desarrolladas por la profesión contable, por lo cual la mayoría de la normatividad, capacitación y pronunciamientos publicados por el IMCP se centran en esta área de especialidad.

Existen, sin embargo, otros campos de actuación para la profesión que, si bien en algunos casos llevamos muchos años ejerciéndolos, hasta la fecha no ha tenido difusión alguna dentro de los colegios afiliados. Me refiero, de manera específica, a la valuación de pérdidas consecuenciales, de acuerdo con las condiciones establecidas en el contrato de seguros.
La cobertura de pérdidas consecuenciales lleva más de 40 años de aplicarse en los contratos de seguros de las empresas en México; esta consiste en la determinación de la pérdida sufrida por una entidad, derivada de un siniestro en sus instalaciones, las cuales ocasionen una interrupción total o parcial de sus operaciones y le impidan obtener los niveles de ingresos que se lograban antes de ocurrir el daño. La afectación siempre debe ir ligada al daño en las instalaciones de la empresa asegurada, ya sea en el inmueble o en la maquinaria y equipo necesario para la obtención de los ingresos.
Si bien, la cuantificación de daños por concepto de pérdidas consecuenciales se basa casi en su totalidad en el análisis de la información financiera de la empresa asegurada, no se debe apegar a las bases de normas y procedimientos de auditoría ni es necesaria la aplicación de las normas de información financiera, ya que estas solo son una herramienta de apoyo para la cuantificación de los daños consecuenciales sufridos por la entidad.
Existen conceptos aplicables al contrato de seguros que nada tienen que ver con las cuentas y los resultados contables que, de acuerdo con las Normas de Información Financiera (NIF), deben formar parte de los estados financieros. Solo por mencionar un ejemplo, la “utilidad bruta” que se determina de acuerdo con las NIF, para la presentación de los estados de resultados, nada tiene que ver con el concepto de “ganancias brutas”, aplicable al contrato de seguros. Es común que las empresas aseguradas confundan estos dos términos para efectos de la determinación de su suma asegurada, lo que al momento de un siniestro, puede llegar a generar conflictos entre las partes, ya que debido a la insuficiencia en el monto asegurado determinado por la empresa, la compañía de seguros no estaría obligada a indemnizar con 100% de la pérdida sufrida y solo participaría de manera proporcional.
Otros conceptos que pueden tener interpretaciones diferentes desde el punto de vista contable y que se aplican al contrato de seguros, son los costos y gastos fijos y variables.
Si bien para efectos prácticos, no se considera la valuación de pérdidas consecuenciales como una actividad exclusiva y limitada a la profesión contable y tampoco existe un registro (a diferencia de los auditores) que se deba obtener para desarrollar esta actividad, en mi opinión, debido al tipo de trabajo que se tiene que realizar para la cuantificación de pérdidas por interrupción de operaciones, la experiencia y conocimiento de los estados financieros del Contador Público le da una ventaja competitiva contra el resto de los profesionistas.
En el desarrollo de esta especialidad, he podido apreciar que la principal competencia que existe, la integran despachos de Contadores internacionales, incluso las compañías de seguros, reaseguradores y los principales despachos de ajustadores de seguros, recurren, en muchos casos, a despachos ubicados fuera del país debido a la falta de interés de los Contadores Públicos en México por desarrollar esta actividad.
Las áreas de oportunidad donde puede desenvolverse el especialista en valuación de pérdidas consecuenciales son las siguientes:

  • Trabajando directamente para compañías aseguradoras y reaseguradoras como asesores para la cuantificación de pérdidas consecuenciales, en siniestros de pérdidas millonarias y largos periodos de interrupción de operaciones.
  • Trabajando con aseguradoras y reaseguradoras para la cuantificación de perjuicios sufridos en coberturas de responsabilidad civil, donde el asegurado ocasiona los daños a un tercero afectado.
  • Como asesor de agentes de seguros o las propias empresas aseguradas para la cuantificación de los daños sufridos por un siniestro (enfocado a pérdida consecuencial) y presentar su dictamen como anexo a la reclamación de la empresa.
  • Como asesor de agentes de seguros y empresas aseguradas para la determinación de la suma asegurada de acuerdo con la cobertura de pérdidas consecuenciales que se elija.

No existe normatividad alguna para la determinación de pérdidas consecuenciales, ya que la cuantificación de daños solo está basada en el contenido de los contratos de seguros que, en la mayoría de los casos, las compañías aseguradoras manejan los mismos textos en sus pólizas, los cuales no son del todo claros y que, en muchas ocasiones, las empresas no tienen una idea clara de lo que deben incluir para la determinación de valores asegurables para esta cobertura que, en realidad, no resulta muy gravosa y aun así, puede ayudar a las empresas a sobrevivir a un siniestro ocasionado por algún desastre natural.
No es tarea del Contador Público crear reglas para la valuación de esta pérdida, sin embargo, el conocimiento y capacitación propia de los Contadores, puede ayudar a comprender de mejor manera los términos establecidos en el contrato de seguro y asesorar de manera adecuada a sus clientes.
La valuación de pérdidas consecuenciales es una tarea multidisciplinaria, ya que requiere de conocer los conceptos básicos de auditoría, contabilidad financiera, contabilidad forense, costos y proyecciones de ingresos y resultados de operación. Todo lo anterior, para aplicarlo a los cálculos de las pérdidas sufridas por la interrupción de operaciones de la entidad, con base en las condiciones del contrato de seguros.
Los Contadores que asesoran a sus clientes en materia fiscal o que realizan auditorías a empresas, pueden aprovechar el contacto con sus clientes para ofrecer como un servicio adicional, la asesoría, ya sea para la determinación de sumas aseguradas o bien, en caso de siniestro, para la cuantificación de los daños sufridos, sin que esto genere algún tipo de conflicto de intereses, ya que son actividades independientes.
Como cualquier otra disciplina de la profesión contable, esta posible área de especialización del Contador Público, requiere de una capacitación adecuada ya que la responsabilidad del trabajo realizado es muy grande, donde están en juego tanto los intereses de la compañía de seguros y sus reaseguradores, como la de las empresas aseguradas.
En los años que llevo desempeñándome como asesor en la valuación de pérdidas consecuenciales, puedo decir que no he tenido dos asuntos similares y que el conocimiento que se adquiere de los diferentes tipos de entidades como las industrias minera, automotriz, textil y manufacturera en general, las empresas de servicios, hoteles y otras, resulta muy enriquecedor; además, se tiene la satisfacción de que cada vez que se concluye un asunto en el que todas las partes quedan complacidas con el trabajo realizado, este resulta ser el mejor honorario que se puede obtener. Por lo cual los invito a incluir dentro de su portafolio de servicios para sus clientes, la asesoría en seguros para la cobertura específica de pérdida consecuencial.

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