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ISSN 2594-1976
Artículos

Límite en la asignación global en materia de servicios personales en el presupuesto de egresos

Administrador - 13 noviembre, 2020

C.P.C. y Mtro. Sergio Rachid Abraham Treviño
Director General del Despacho Contable Asesoría Integral de Organizaciones y Negocios, S.C.
sergio2mil@hotmail.com

Síntesis

La Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios regula las erogaciones destinadas a servicios personales, estableciendo un límite máximo relacionado directamente con lo presupuestado en ejercicios anteriores y el crecimiento del PIB. En este artículo se explica el cálculo a realizar para estar en condiciones de elaborar el presupuesto de egresos del ejercicio siguiente.

Una de las erogaciones más importantes que realizan los entes públicos es la relativa a servicios personales, tan solo el Gobierno Federal en el presupuesto de egresos del ejercicio 2020 proyecta erogar casi 904 mil millones de pesos en este rubro, incluso mayor que el de inversión pública.

Por esta razón y con la finalidad de acotar la discrecionalidad en el recurso, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios establece reglas y criterios al respecto, establecidas en el artículo 10 como sigue:

En materia de servicios personales, las entidades federativas observarán lo siguiente:

  1. La asignación global de recursos para servicios personales que se apruebe en el Presupuesto de Egresos, tendrá como límite, el producto que resulte de aplicar al monto aprobado en el Presupuesto de Egresos del ejercicio inmediato anterior, una tasa de crecimiento equivalente al valor que resulte menor entre:
    1. El 3 por ciento de crecimiento real, y
    2. El crecimiento real del Producto Interno Bruto señalado en los Criterios Generales de Política Económica para el ejercicio que se está presupuestando. En caso de que el Producto Interno Bruto presente una variación real negativa para el ejercicio que se está presupuestando, se deberá considerar un crecimiento real igual a cero.

Los Criterios de Política Económica se encuentran publicados con los siguientes datos:

Aprobado 2020Estimado 2020Estimado 2021
Producto interno bruto
Rango de crecimiento % real[1.5, 2.5][-10.0, -7.0][3.6, 5.6]
Nominal (miles de millones de pesos, puntual) */26,254.123,094.224,983.9
Deflactor del PIB (variación anual, % promedio)3.63.63.4

De esta manera los criterios para el ejercicio 2021, estiman un crecimiento del producto interno bruto de 3.6 a 5.6%; por lo tanto, promediando las proyecciones deberemos considerar 4.6% como indicador base.

Ver el artículo completo, clic aquí.

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