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ISSN 2594-1976
Artículos

Deducciones personales para el ejercicio fiscal 2018

Editor IMCP - 1 marzo, 2019

Las deducciones personales y estímulos fiscales aplicables a la declaración anual de los contribuyentes personas físicas no sufrieron modificaciones o novedades para 2018; sin embargo, vale la pena mostrar un ejemplo que contemple la mecánica de determinación.

Planteamiento

El contribuyente tributa bajo el régimen de asimilados a salarios. Se proporcionan los datos mínimos requeridos para determinar el monto de las deducciones personales en 2018, a saber: i) ingresos de 2018 y 2017 y, ii) erogaciones que realizó en 2018.

Se requiere efectuar algunas precisiones:

⚫ La cónyuge no percibe ingresos, por lo que el contribuyente podrá deducirlos.1

⚫ Durante 2018 se requirió de servicios funerarios que se habían pagado con anterioridad.

⚫ El monto del crédito hipotecario asciende a $5,679,000 (sobrepasando el límite de 750,000 UDIS (al 1 de octubre de 2018UDI=$6.1079=$4,580,925, por lo que la deducción se hará de manera proporcional a 80.66%, que resulta de dividir $4,580,925 entre $5,679,000).

⚫ Los donativos se entregaron a diversas instituciones de asistencia privada que fueron autorizadas por el SAT para recibir donativos deducibles.

Tratándose de ingresos:

  2017 2018
Salarios 840,000 960,000
Herencias – 5,800,000
Total 840,000 6,760,000

Respecto a erogaciones de 2018:

Honorarios médicos de la cónyuge 33,000
Nutriólogo 2,800
Lentes graduados 4,000
Gastos funerarios 35,000
Intereses reales de créditos hipotecarios 77,000
Primas de seguros de gastos médicos 75,000
Transporte escolar obligatorio del hijo 2,000
Donativos realizados 100,000
Aportaciones complementarias de retiro 140,000
Cuenta personal para el ahorro 200,000
Colegiatura hijo (primaria) 30,000
Total 698,800

De acuerdo con lo anterior, las cantidades que son deducibles se calculan de la siguiente manera:

  1. Conceptos que, en su conjunto, tienen como tope el equivalente a 15% de los ingresos anuales, sin que ello exceda $147,095, que corresponden a 5 UMA ($80.6*5*365).
  2. Para estas erogaciones primero deben calcularse los topes que la LISR establece y después adicionarse en su conjunto para determinar el monto total deducible.
Conceptos con un monto máximo en conjunto   Tope
Honorarios médicos 33,000  
Nutriólogo 2,800  
Lentes graduados 2,500 $2,500
Gastos funerarios 29,419 1 UMA
Intereses reales de créditos hipotecarios 62,108 $77,000 * 80.66%
Primas de seguros de gastos médicos 75,000 Sin tope
Transporte escolar obligatorio del
hijo
2,000 Sin tope
Sumatoria 206,827  

Los $206,827 corresponden al total deducible respetando cada uno de los topes atendiendo a cada concepto, pero aún debe determinarse el monto que sí puede disminuirse de los ingresos acumulables, a saber:

  Ingresos anuales 6,760,000
15% de los ingresos anuales 1,014,000
vs 5 UMA anuales 147,095
A Máximo deducible por estos
conceptos
147,095
  1. Los conceptos siguientes deben cumplir su propia regla, pero no están limitadas respecto a un total:
Conceptos que deben
cumplir sus propios
límites
  Tope
Donativos realizados 58,800 7% del ingreso acumulable de 2017
Aportaciones
complementarias de retiro
96,000 10% IA o 5 UMA
Cuenta personal para el
ahorro
152,000 $152,000
Colegiatura hijo (primaria)  12,900 Primaria: $12,900
B     Sumatoria 319,700  
  • La suma resultante de A+B es el monto de las deducciones personales y estímulos fiscales que el contribuyente podrá disminuir en su declaración anual para así aplicar la tarifa:
A Conceptos determinados en su conjunto 147,095
B Conceptos que cumplen su propia regla        319,700
= A + B Deducciones personales y estímulos
fiscales
       466,795

Una vez determinado este monto, tendrá que compararse contra los umbrales correspondientes por conceptos específicos, a saber:

⚫ Los donativos tienen el tope de 7% de los ingresos acumulables del año anterior (840,000*7%).

⚫ La cuenta personal para el ahorro 2018 es de $152,000, aunque se erogaron$200,000 su aplicación está topada.

El contribuyente podrá disminuir $466,795 de su ingreso acumulable; no obstante que erogó durante el ejercicio un total de $698,800.

Conclusión

La importancia de conocer las reglas aplicables a cada uno de los conceptos conocidos como “deducciones personales” y “estímulos fiscales” consiste en aprovechar al máximo los atributos que tiene cada persona física, a efecto de tributar correctamente en lo que respecta a los ingresos acumulables del ejercicio.

Mtro. Adrián Urbina Galicia

Catedrático del Departamento Académico de Contabilidad del ITAM

adrian.urbina.galicia@itam.mx

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