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ISSN 2594-1976
Artículos

Razón de negocios y retos para las PyMES ante la nueva fiscalización

Administrador - 13 noviembre, 2020

C.P.C. y M.I. José Hugo López Leal
Socio-Director de López Leal Consultores, S.C. – Contadores
Públicos y Asesores de Negocios
dirección@llconsultores.com.mx

L.C.P. y M.D.F. Sindy García Arciniega
Gerente de Impuesto en López Leal Consultores, S.C.
consultoria@llconsultores.com.mx

Síntesis

En un entorno altamente tecnificado, con nuevas herramientas por parte de la autoridad fiscalizadora, el contribuyente en general se encuentra expuesto en sus actos y actividades cotidianos. Las últimas reformas fiscales aplicables en 2020 incorporaron diversas disposiciones tendientes a alinear a México con las acciones derivadas de la iniciativa BEPS. Estamos entonces en un entorno en el que las exigencias de cumplimiento son mayores, siendo las PyMES las que deben tener especial cuidado. Por ello, la “razón de negocios” en sus actividades cotidianas reviste medular importancia para reducir los riesgos fiscales que, en el caso de este tipo de empresas y por su tamaño, ponen en riesgo su viabilidad financiera.

El Diccionario de la lengua española define “razón” 1 como “motivo o causa”, mientras que entre las diversas acepciones de “negocios” 2 encontramos que está la de “acción y efecto de negociar”, pero también se le da el significado de “utilidad o interés que se logra en lo que se trata, comercia o pretende”.

Por lo tanto, tenemos que etimológicamente “razón de negocios” puede definirse como el motivo o causa por la cual una persona (física o moral) negocia pretendiendo obtener una utilidad o interés como resultado.

Sin embargo, no hay una definición legal de “razón de negocios”, aun cuando el Tribunal Federal de Justicia Administrativa lo ha definido como “motivo para realizar un acto, al cual se tiene derecho, relacionado con una ocupación lucrativa y encaminado a obtener una utilidad”

Y es precisamente sobre esta última definición que la autoridad fiscalizadora está enfocando sus acciones, a fin de desvirtuar aquellas actividades o actos que el contribuyente realiza para la obtención de sus ingresos y sin diferencias de tamaño y estructura.

Lo anterior resulta relevante si se trata de micro, pequeñas y medianas empresas ‒(PyMES)‒, puesto que la autoridad fiscalizadora no hace distingos entre contribuyentes considerando su volumen de operaciones o de su planta laboral, siempre y cuando tributen bajo el mismo régimen fiscal, con excepción de algunas facilidades que pudiera otorgar, por lo cual resulta fundamental contar con elementos suficientes para acreditar ante la autoridad las “razones de negocios” que llevaron a realizar determinado tipo de operaciones para la consecución de su objeto.

Precisamente, aquí estriba el mayor riesgo puesto que por cuestiones “prácticas” la mayoría de estas empresas dejan de lado el control interno con el ánimo de acelerar el proceso del flujo de efectivo, olvidando dar el soporte suficiente, o lo que se ha llamado “materialidad”, a fin de que la autoridad se sienta satisfecha y no se tengan otro tipo de repercusiones y riesgos.

Para mayor claridad e identificación de las PyMES, se presenta la siguiente clasificación, dependiendo del sector al que pertenezca y de su planta laboral:

Tamaño/SectorIndustriaComercioServicios
Microempresa1 a 10 empleados1 a 10 empleados1 a 10 empleados
Pequeña empresa11 a 50 empleados11 a 30 empleados11 a 50 empleados
Mediana empresa51 a 250 empleados31 a 100 empleados51 a 100 empleados

Como se puede observar, son empresas con un número limitado de trabajadores y que no disponen de los grandes recursos de las empresas de mayor tamaño, lo que limita su expansión; tampoco cuentan con gran facturación, son vulnerables a los movimientos de la economía y regularmente necesitan de apoyos gubernamentales para realizar inversiones significativas.

Esto se traduce en que son más vulnerables al momento de un acto de fiscalización por parte del Estado a diferencia de empresas de mayor tamaño, en virtud de no contar con la capacidad suficiente (material y humana) para atender estos eventos puesto que su enfoque y esfuerzo principal está en la producción, comercialización, distribución y venta de sus bienes y/o servicios, dejando de lado (en su mayoría) políticas y controles necesarios.

Cuando se trata de contribuyentes con una estructura definida y consolidada, tanto operativa como administrativamente, les resulta más sencillo acreditar las razones por las cuales realizan las operaciones para la obtención de sus ingresos presentes o futuros. Sin embargo, no es la misma situación cuando se trata de las llamadas PyMES.

Ver el artículo completo, clic aquí.

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